Acuerdo colaboración o contrato arrendamiento

Argi

Miembro conocido
Muy buenas,
Profesional de la salud con local en propiedad donde desarrolla su actividad. Va a ceder el uso de un despacho del local a otro profesional que realiza la misma actividad. En principio había pensado en un contrato de alquiler pero otra opción puede ser un acuerdo de colaboración en el que se le ceda un despacho y se haga uso de lugares comunes como baños y recepción, y que en vez de renta lo que se cobre es un importe para hacer frente a gastos comunes.
¿Cómo lo veis?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Si hacen eso de un acuerdo de colaboración para compartir gastos comunes, están haciendo una especie de ESPJ, aunque de manera algo raruna. Lo califico así por el hecho que la pretensión declarada es compartir gastos comunes (acto propio de una CB), pero usando una formula jurídica de tipo contractual (un subtipo de sociedad civil de pactos ocultos). Lo cual es mezclar churras con merinas, y aunque todo es ganado ovino, puede que en una revisión, los amigos de hacienda no lo vean nada claro.
Si la fórmula es un contrato de arrendamiento (se llame como se llame), está sujeto y devenga IVA, si la renta o cantidad onerosa anual supera los 900 € está sujeta a retención, y lo más probable es que esos rendimientos hubiese que declararlos (y calcularlos) como rendimientos del capital inmobiliario (y no ya como actividades económicas), lo que implicaría una revisión de los gastos y contabilidad de la actividad económica del profesional propietario (que % de gastos y amortizaciones van a actividades económicas y que % va a rendimientos del capital....)

Existe la derivada del azufre, ya no fiscal sino laboral, de considerar que quizás estaríamos ante un posible supuesto de falso autónomo, en condiciones abusivas.
 

Marcos N

Miembro activo
Argi, contrato de arrendamiento sin dudar, es lo mejor para todos. Redactáis la cláusula relativa a la forma de pago de los gastos comunes y a funcionar.
 
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