Yo, como he comentado en otro post, al final, aunque sea sólo "por si acaso" (ya que sigo sin tener claro si es necesario o no) y porque además, desde el sindicato le han asegurado al trabajador que para que el exceso sobre la indemnizacion legal esté exento hay que llegar a conciliación.
Es decir, junto con la comunicación del despido objetivo ponemos a disposición del trabajador sólo la indemnizacion legal y luego en conciliacion (e imagino que pudiendo mantener la pretension de la procedencia del despido) la empresa ofrece ese exceso sobre la indemnizacio legal, hasta llegar al importe finalmente acordado (y que no supera el que corresponderia al despido improcedente, claro).
Si alquier considera oprtuno realizar cualquier matización, consejo o advertencia, por favor que lo haga.
Gracias