ACUERDO SOCIAL EN DEFENSA DEL EMPLEO

N

Nana

Guest
Buenos días

aqui teneis el BOE, canela fina https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/13/pdfs/BOE-A-2020-4959.pdf

Animo a todos los premiados  ;D
 

Santiago

Miembro conocido
pepelu dijo:
Si una empresa saca del erte a tres trabajadores y deja a 15 en el erte, va a hacer un pan con unas tortas, porque va a tener que pagar seguridad social de todos los trabajadores. Nos han vendido la parte bonita, ahora se van a dar cuenta que una vez mas les han engañado.

Hola Pepelu
Yo entiendo que si una empresa saca la semana que viene a 3 trabajadores se exonera un 85% de las cuotas de estos 3 y se exonera el 60% de los 15 que se quedan en el ERTE.
 

Argi

Miembro conocido
Pues nada nuevo a lo adelantado.
Un texto mal redactado y que sigue apostando por la senda de la inseguridad jurídica y abocando a todos los que nos dedicamos al asesoramiento y gestión laboral a encoemdarnos a los sabios consejos de la pitonisa Lola.

Parece que se da a entender que a partir de hoy todos aquellas actividades que puedan retomar "parcialmente su actividad" ya no tendrán al 100% bonificado las cuotas, y que se premiaran las reincorporaciones (aunque sea dismimuyendo jornada) sobre las suspensiones. Pero no me queda claro. La redacción es confusa.


Nada dice de aquellas empresas que este lunes decidieron en virtud del cambio de fase retomar las actividades y comunicar el fin del erte. Por dos días se quedan sin bonificar los contratos más de la mitad de mayo y junio. A ver quién es el guapo que se lo explica a los clientes...

Sobre el tema del despido tras  los ertes, total inseguridad. Se habla de que se "valorará" de eximir algunos despidos en lo relativo al compromiso del mantenimiento del nivel de empleo  "en atención a las características específicas de los distintos sectores".

En caso de incumplimiento no aclara de si lo hay que devolver es únicamente lo del trabajador despedido o lo de todos...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo lo entiendo así, argi: si has acabado un  ERTE antes de 13-5-20, no tienes derecho a bonificación alguna pues, a la entrada en vigor de dicho RD, ya no hay ERTE de ningún tipo. Y como no hay ninguna cláusula transitoria que diga nada, pues....
 
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