Adaptación al nuevo SMI 2020

sergi

Miembro
Disculpad que haga un nuevo post sobre esto pero me gustaría comentar algunas cosas sobre el nuevo SMI, para evitar errores en Siltr@ (si finalmente aplican bases mínimas), las empresas que estén pagando a razón del SMI, deberían:

1- Recalcular los finiquitos de enero (o febrero si se han finiquitado con el SMI antiguo), y volver a mandar Certific@2. Abonar la diferencia al trabajador.

2- Actualizar (los de A3NOM) todos los tramos de enero (o febrero si hemos creado tramos con el SMI antiguo), como cambios de jornada, conversiones a fijo, varios contratos en un mismo mes, etc.

3- Tema IT/AT?? En teoría tengo entendido que hay que incrementar la base reguladora (si esta equivalía al SMI). Esto lo hace de oficio la TGSS?

4- Tema EMBARGOS:
- Empresas que ya estaban con SMI: siguen sin poder aplicar embargos
- Empresas que estaban por encima pero ahora ya les ha atrapado el SMI: desaparecerá el embargo
- Empresas que estaban y siguen estando por encima del SMI: se reducirá el importe retenido al haberse incrementado la parte inembargable.

No sé cómo solucionar esto porque no cuadrará lo que la empresa ha pagado con el histórico de embargo aplicado en nómina...

5- Actualizar retribución del Sistema Especial de Empleadas del Hogar con el nuevo SMI, pero no se puede hacer con efectos de ENERO... ¿Ampliarán el plazo?

¿Tenéis el mismo cacao mental que yo? :-[

Lo he numerado todo por si alguna alma caritativa me quiere responder punto por punto... ;)
 

Ro

Miembro activo
Cuando se publiquen las tablas se verá cuales hay que recalcular y si estamos en plazo se rectifican y si no pues diferencias de cotización. En los programas saltan avisos con  los que se deben actualizar, yo he actualizado SMI en enero, el problema es con los tiempos parciales pues la base mínima hora no será correcta, habrá que rectificar.
Las nóminas empleadas hogar las tengo sin hacer esperando los tramos...han cobrado como en 2019...y tendremos que regularizar cotización en Tgss.
De los embargos voy a olvidarme, si no salta alarma, y siempre se puede regularizar en febrero. It con SMI si los hubiese son fáciles de detectar...
En resumen...iremos viendo como siempre ;)
 

sergi

Miembro
Ro dijo:
Cuando se publiquen las tablas se verá cuales hay que recalcular y si estamos en plazo se rectifican y si no pues diferencias de cotización. En los programas saltan avisos con  los que se deben actualizar, yo he actualizado SMI en enero, el problema es con los tiempos parciales pues la base mínima hora no será correcta, habrá que rectificar.
Las nóminas empleadas hogar las tengo sin hacer esperando los tramos...han cobrado como en 2019...y tendremos que regularizar cotización en Tgss.
De los embargos voy a olvidarme, si no salta alarma, y siempre se puede regularizar en febrero. It con SMI si los hubiese son fáciles de detectar...
En resumen...iremos viendo como siempre ;)

Gracias! Se han quedado a gusto con lo fácil que hubiese sido SMI a partir de febrero...
 
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