ADELANTO A CUENTA DE NÓMINA

JAIMESG

Nuevo miembro
Un empresario entrega a un trabajador en mano y este último firma un documento firmando el recibí de nada menos que de 4000 euros.
La empresa quiere saber cómo hacer el tratamiento en nómina para recuperarlo.
¿lo puede hacer a base de concepto anticipo concepeto que deduce?.
¿existiría algún tipo de límite máximo mensual para ir satisfaciendo esa elevada cuantía?
¿podría verse como un préstamo que podría o no tener intereses?
¿de entenderse como préstamo sin intereses podría entenderse que existe una retribución en especie por esos intereses que podría habérsele cobrado?.
Muchas gracias por vuestras aportaciones.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Evidentemente es un préstamo sin intereses, por lo que se trataría como retribucion en especie.

El concepto es lo de menos. En cuanto a la recuperación del dinero, se hará como dedidan las partes, no hay límites.
 

jcg73

Miembro activo
Es decir, si el interés legal está al 4%, debería cotizar por 160 €. Lo debe cotizar en un sólo mes o prorrateado durante el tiempo que devuelva el préstamo???
 

JAIMESG

Nuevo miembro
Entonces, si no lo he entendido mal;
tendría que poner en nómina un concepto por ejemplo reintegro parte préstamo (...) y tendría que TRIBUTAR por ese 4% ¿?¿?¿
osea esos 160 euros los repartiría para tributar en tantas nóminas como se acuerde para la devolución de la cuantía???.
Existiría un límite legal para fijar cuantías mensuales a reintegrar??.
Muchas gracias a los dos.
Cuando pusiste cotizar te referías a tributar jcg73???
o cotizo y tributo.. es decir cotizo por los 160 y tributo con ingreso a cuenta por esos 160 euros??
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Aparte de lo dicho por los compañeros, ojito, entregar en efectivo cantidad +2500€ supone infracción tributaria, sancionable con el 255 del importe entregado, cuando una de las partes actúa en calidad de empresario...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, un prestamo concedido por la empresa se considera como retribución en especie, sujeta a tributación  y cotización, en la medida en que esté por debajo del interés legal del dinero (siendo la base ese diferencial).
Pero... en base a los datos disponibles, ¿cómo habéis llegado a la conclusión que la valoración será de 160€?
¿por qué ese es justo el 4% sobre 4.000???

A ver... ¿cuándo y cómo va a devolver el trabajador el préstamo?
¿De una sola vez y dentro de un año? ¿una cuota mes a mes? (en qué plazos e importe cada cuota?)
 

jcg73

Miembro activo
Bueno, he hecho el cálculo de la vieja, el interés legal del dinero menos el interés que le cobra el empresario.
 
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