Administrador Único / No socio Extranjero

Buenas tardes

El caso es el siguiente:

Ciudadano italiano, que pasa a ser administrador único de una SL en España.
No tiene ninguna participación.
Ya es "administrador" de la filial italiana.

Vendrá poco a España y parece que la empresa italiana facturará a la española los servicios.

Para mi debería estar de alta en asimilados, pero me ha dicho mi cliente que quien le ha gestionado el tema escrituras... le dice que con un certificado conforme cotiza en Italia ya valdría...


Alguna idea sobre esto, os suena de algo?

Muchas gracias

 

Noviembre

Miembro
Si estuviese encuadrado en el régimen de autónomos en los dos países, con el certificado de cotizar en el otro país ya no tendría que hacerlo en España , pero al estar en el régimen general me suena raro.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que ha de  cotizar sólo en Italia (trabajadores que ejercen su actividad en dos países miembros del EEE, como es el caso, cotizarán en el estado de residencia).

 

Noviembre

Miembro
FERNANDO dijo:
Entiendo que ha de  cotizar sólo en Italia (trabajadores que ejercen su actividad en dos países miembros del EEE, como es el caso, cotizarán en el estado de residencia).
Pregunto: Si es una actividad en dos países se cotiza en el de residencia, pero ¿Si son dos actividades distintas? Me refiero a que es administrador de dos empresas distintas ¿es así también?
 
Arriba