administrador de alta en autónomos

dudas

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Buenos días. Una discusión con un administrador de una sociedad limitada: me dice que el no tiene porque estar de alta en el régimen de autónomos, que lo ha comentado con unos contactos y que no.

Yo entiendo que sí que tiene que estar al ser la unica persona que dirige la sociedad: firmas, dirección de la misma, etc. que obliga a estar de alta en el régimen de autónomos.

Entiendo que una sociedad aunque sean varios administradores, uno de ellos tiene que estar de alta en el Régimen correspondiente de la seguridad social, no??

Gracias.
Saludos.
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Efectivamente, antiguamente, si había empleados a cargo, con un simple escrito indicando que no prestaba servicio alguno en la empresa, ya nos valía para eximirlo del RETA, en virtud de la le 50/98.
el mes pasado con ese mismo argumento, nos lo exigen, al entender si está nombrado para el cargo, debe ejercer como tal.
Suerte.

PD tu cliente, como todos, oirá de aquí y de allí y querrá que se haga lo que más le guste.
 

Ro

Miembro activo
Administrador único en empresa activa obligatoriamente alta en autónomos.
Comparto la opinión que el sr. querrá oir lo que le interesa pero esa no es la verdad. Y ojo porque si no lo hace ahora, cuando lo haga irán con carácter retroactivo y tendrá que pagar con recargo.
 

gesfi

Nuevo miembro
Pero por ejemplo en el caso de que sean varios administradores solidarios y uno de ellos no trabaje, no tendria porque cotizan autonomos. Se me ha presentado el caso estos dias, uno de los administradores trabaja por cuenta ajena a jornada completa en una empesa, yo creo que en este caso aunque sea administrador solidario no tendria porque cotizar, si el otro si cotiza.
 

jcg73

Miembro conocido
Pues si no trabaja que cese como administrador, porque la Inspección supone que un administrador ejerce funciones de dirección y gerencia y aunque el administrador ya cotice en el RETA no le tiene porque eximir al que cotice por otra empresa porque puede ser compatible estar en dos actividades. Yo he tenido 1 inspección y me han hecho cotizar 5 años retroactivos de autónomos por la administradora solidaria que era la mujer desde hacía 30 años y no habia pisado en su vida el despacho.
 

jcg73

Miembro conocido
He tenido un desliz, no fue así, sino que siendo administradora desde 30 años atrás, el antiguo gestor la dió de alta recientemente de autónomos porque le interesaba a nivel fiscal, y claro, se lo puso en bandeja a la Inspección.
 

Ro

Miembro activo
Si son administradores mancomunados deben estar los dos , etc.. de alta en autónomos pues deben actuar conjuntamente.
Si son solidarios no es necesario al tener poder individual puede darse de alta el que trabaje en la sociedad.
Pero el ser administrador implica alta en la seg- social bien general asimilado sin las suficientes participaciones o bien autónomos con más de un 25% tanto si trabaja como si no trabaja.
 

carla

Miembro
uscando hilos, se me plantea una duda al respecto. Un administrador que no ejerce funciones de direccion y gerencia puede existir?? estaria englobado en el regimen general supongo.
Y otra cuestion, el administrador que tiene menos del 25% del capital iria al regimen general, es asi no? y tendria una nomina, aunque en la escritura viniera que su condicion de administrador no es lucrada??

 

FERNANDO

Miembro conocido
A) Sí, claro que puede existir. Y no va a régimen alguno de seguridad social.

B) Sí, iria a régimen general asimilado. Sí, tendría nómina y cotizaría por bases mínimas. Siempre y cuando, eso sí, tuviese alguna acción. De lo contrario estaría exento de seguridad social.
 
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