Buenos días,
Me ha surgido una duda, haber si alguien me puede ayudar:
Tengo una administradora no socia con cargo retribuido con funciones de dirección y gerencia que su marido (jubilado) con el que convive tiene el 50% del capital social. Para mi tiene que estar en el Régimen de Autónomos por lo dispuesto en 305.2b) LGSS. Pero hice consulta en CASIA y me contestaron: "Debe encuadrala en el Régimen General Asimilado".
Alguien entiende porque o pensáis que tiene que estar en Régimen de Autónomos
Muchas gracias,
Me ha surgido una duda, haber si alguien me puede ayudar:
Tengo una administradora no socia con cargo retribuido con funciones de dirección y gerencia que su marido (jubilado) con el que convive tiene el 50% del capital social. Para mi tiene que estar en el Régimen de Autónomos por lo dispuesto en 305.2b) LGSS. Pero hice consulta en CASIA y me contestaron: "Debe encuadrala en el Régimen General Asimilado".
Alguien entiende porque o pensáis que tiene que estar en Régimen de Autónomos
Muchas gracias,