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Buenas tardes, ¿puede una administradora única no estar de alta en la Seg. social si tiene a alguien en el grupo 1 y con un poder general? (le tocaría estar de asimilada al no tener participaciones).
Gracias.
Hace poco pregunte algo parecido en tesoreria, el que exista otra persona con poder no significa que hecha no lo tenga, tiene que estar de alta,,,,,,,,,,,, contestacion tesoreria.
La tgss presume que el administrador trabaja y se encarga de la empresa y debe ser alta, sin embargo si tienes pruebas de que no trabaja y que le ha otorgado un poder general a otra persona para que administre la empresa, no podrían obligar a darse de alta al administrador.
Sin embargo no deja de ser un absurdo ser administrador y otorgar un poder general a otra persona. Si esa persona ajena tiene un poder general actuará como administrador y por lo tanto lo correcto entiendo sería nombrarlo como tal.
A mi una inspectora de trabajo me dijo que si existía un trabajador con poder general no haría falta que el propio administrador estuviera de alta, siempre y cuando se demuestre que no ejerce actividad alguna en la empresa.
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