Buenos días, la empresa quiere advertir por escrito a dos trabajadores que discuten delante de los clientes ya casi de una forma habitual.
El convenio colectivo no establece régimen disciplinario y el convenio marco tampoco.
¿Se le puede presentar carta de advertencia y en caso de que no hagan caso y se sigan produciendo, tener esta carta/cartas en cuenta a la hora de un posible despido disciplinario?
Muchas gracias por vuestras respuestas.
El convenio colectivo no establece régimen disciplinario y el convenio marco tampoco.
¿Se le puede presentar carta de advertencia y en caso de que no hagan caso y se sigan produciendo, tener esta carta/cartas en cuenta a la hora de un posible despido disciplinario?
Muchas gracias por vuestras respuestas.