Antes de dividir el SMI, deberías comprobar el Convenio del Campo de tu provincia (que normalmente fijan el salario día trabajado, superior a ese SMI). Ese salario día suele incluir todo: prorrata paga extra, pluses, etc. Efectivamente lo multiplicas por esas jornadas reales. Y a base de cotización y a total devengado, para retener IRPF.
Por si no lo habías comprobado.