ALTA ADMINISTRADOR DE FINCAS

FIRMAMENTO

Miembro activo
Vosotros lo entendéis como yo¿?
1. Un abogado si se da únicamente de alta en hacienda en el epígrafe 723 de Administrador de Fincas, ¿va a RETA sí o sí, no?
2. Y si un abogado estuviera de alta en hacienda en el epígrafe 731 de abogado y de alta en la mutualidad, ¿tendría que darse de alta también en RETA si inicia además la actividad 723 de Administrador de Fincas, no?
🙏Gracias a todos.
 

Enjfero

Miembro activo
Si, si inicia cualquier actividad que no este cubierta en el epígrafe de Abogacía, tiene que darse de alta en RETA. Yo en su día tuve que hacerme el alta en RETA por iniciar otro actividad distinta a la Abogacía, aunque en mi caso era bastante más claro porque no tenía nada que ver.
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Si, si inicia cualquier actividad que no este cubierta en el epígrafe de Abogacía, tiene que darse de alta en RETA. Yo en su día tuve que hacerme el alta en RETA por iniciar otro actividad distinta a la Abogacía, aunque en mi caso era bastante más claro porque no tenía nada que ver.
Millones de gracias Enjfero!!!!!
 
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