Esta Administración de la Seguridad Social, en uso de las facultades revisoras que le confieren los artículos 20.4, 54.2 y 55 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de datos de Trabajadores en la Seguridad Social (B.O.E. 27.02.96) y conforme al artículo 58 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común, ha acordado iniciar expediente de revisión sobre sus altas/bajas en RETA.
Con fecha 24/05/2021 causa alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como miembro del órgano de administración de la mercantil -------------- con CIF.: -------------. Según escrituras aportadas por Vd. de fecha ----------, figura como administradora y socia única.
Según datos obrantes en nuestra base de datos figura de alta en el impuesto de actividades económicas desde el 01/04/2021 al 23/04/2021. Y vuelve a causar alta el 24/05/2021.
Por lo tanto deberá justificar los motivos por los que durante el periodo de 01/04/2021 a 23/04/2021, no está usted de ALTA en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Dicha documentación deberá ser presentada ante esta Administración de la Seguridad Social en un plazo no superior a 10 días, a contar a partir de la presente comunicación. De no atender a lo solicitado se procederá en su caso a cursar su ALTAS/BAJAS DE OFICIO en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los periodos antes mencionados y a la perdida de la bonificación establecida en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo por el alta cursada el 24/05/2021.