La TGSS, óbviamente, tiene esa interpretación. Recuerdo cuando salió el Reglamento que se decía que el mayor de 16 años podía trabajar como autónomo aún sin estar emancipado. Yo entendía que no, y ellos que sí.
Mira, fundación el Estatuto del Autónomo, por especialidad, manda sobre lo dicho en la LGSS, opr lo que, el mismo, si no pone límite de edad, no obsta a que un señor de 17 años emancipado pueda trabajar como autónomo, con los límites que establece la ley, por supuesto, que son los que dices.
En cuanto a lo que dice la TGSS, en eso estoy de acuerdo; si te deniegan el alta, luego no te pueden sancionar (principio constitucional de interdicción de los poderes públicos, o de no abusar de su poder).