Salvador CR
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Una arquitecta que, estando en desempleo, va a realizar un certificado técnico por una duración de 15 dias. Va a percibir unos 900.00 por ese trabajo. Es necesaria el Alta en RETA? Parece que no (falta habitualidad) pero no tengo muy clara esa jurisprudencia que fija el montante anual de facturación con la referencia del SMI para estar obligado o no al alta. Teneis algún caso similar? Saludos.