ALTA DE INCAPACIDAD A LOS 27 MESES

neli

Nuevo miembro
Llega a la empresa resolución de denegación de incapacidad permanente de una trabajadora a la que en su dia dió de baja a los 18 meses por agotamiento de IT, el tema es que la empresa ya no tiene trabajo para esta persona y tampoco tiene tesoreria para abonar la extinción ya que tiene una antiguedad de 8 años ¿qué se puede hacer? se teme que el trabajador vuelva a solicitar otra baja a los dos dias y a esperar de nuevo 18  meses !!!ayudaaaaaaaaaa!!
 

Clo

Nuevo miembro
pues en cuanto se dicta la denegación la trabajadora deberá de reincorporarse en su puesto de trabajo, y si no lo hace se supone despido procedente.
Si la trabajadora se reincorpora, deberían de pasar al menos seis meses para poder solicitar una nueva incapacidad temporal y que esta tenga efectos económicos.
saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ojo, Clo, eso depende del INSS. Si el mismo ve que el trabajador tiene derecho a la baja, se la daría igualmente.
 

Clo

Nuevo miembro
Bueno, sí, cabe esa posiblidad, pero me parece que sería algo bastante extraordinario, no?
 

neli

Nuevo miembro
¿ pensais que si se cambian las CC a la mutua será mas dificil que se pueda coger otra baja inmediata? Por otro lado , caso de extinguir la relación se le indemniza a fecha de que cumplió los 18 meses de baja o a fecha de resolución denegatoria de la incapacidad?
gracias por vuestra ayuda!!
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, porque el INSS es el que siempre decide. Otra cosa es que la prestación la pague la mutua.
 

CrisFM

Miembro
Estando de baja de cuesta la cotización pero te ahorras el salario. Puesto que la empresa “ya no tiene trabajo para ella” quizás le viniera mejor que siguiera de baja, ¿no?, pues aun con nada o poco trabajo va a tenerla que pagar el sueldo completo

Que digo yo.


Pdta . con las reservas oportunas a la expresión “con nada o poco trabajo va a tenerla que pagar el sueldo completo”, no sea que te meta una extinción de contrato por falta de ocupación efectva.

Y en cualquier caso si está enferma que se mejore.
 

neli

Nuevo miembro
por eso lo decia , cris, porque no hay trabajo lo que no me deja claro es hasta cuándo tendrán que pagar la extinción !1 por otro lado si no existe tesoreria para afrontarla ¿qué se puede hacer?

perdonad mi nerviosismo pero es el primero que se me plantea!!
 

Clo

Nuevo miembro
Opciones que se me ocurren,... que la trabajadora, aún con el alta se encentre mal y no se pueda reincorporar. Ahí pues se suele pactar suspensión de empleo y sueldo. En vuestro caso lo podéis utilizar para forzar despido. Despido procedente (burofax pidiendo q se reincorpore y no lo hace), pero me parece más correcto hacer despido objetivo (q se ajusta a la realidad), y si la emp. tiene menos de 25 trabajadores el fogasa pagará el 40%, y la trabajadora tendrá derecho a desempleo...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Según última sentencia, el INSS daría baja, en caso de que hubiera una nueva manifestación de la enfermedad. Por ejemplo, que sufriese una recaída. Ese es el espíritu de la ley. Mira, lo mejor es que se le haga una revisión médica, que se le de el no apto y hacer un objetivo por incapacidad sobrevenida...
 

neli

Nuevo miembro
Fernando: ¿puede el trabajador negarse a ese reconocimiento si se lo hace la mutua? ¿que plazos tiene q tener en cuenta la empresa? la comunicación del Inss la ha recibido via fax pero no ha recibido ninguna con acuse de recibo, gracias por tu compresión
 

CrisFM

Miembro
Si la empresa no tiene cubierto el riesgo de las contingencias comunes con la Mutua, yo diría que esta no puede hacerle ningún reconocimiento a la trabajadora y mucho menos para facilitar un despido. La empresa tendría que demostrarlo por otros medios.

Por otro lado, si la empresa no tiene bienes ni tesorería ni nada, que más le da el despiiodo objetivo que el otro, si al final se lo pagará el FOGASA, osea lo pagaremos entre todos, que es la última moda imperante.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El reconocimiento, en todo caso, lo hará el servicio de salud contratado. El trabajador siemrpe puede negarse,otra cosa es que se le pueda obligar, o no, si su situación en la empresa puede ser peligrosa para su salud o para terceros.
 
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