ALTA DJ

MiriamSR

Miembro conocido
Pub nos pide demos de alta un disc-jockey residente, va a estar de continuo en la empresa. Supongo que lo tengo que dar de alta en el régimen artistas, pero tengo dudas al respecto (hace años que no tengo artistas), a ver si me podéis orientar un poquito-
- pedir CCC régimen artistas
- alta como tiempo completo - cto 100 o 200 y colectivo 971?grupo cotización 3?
- si es indefinido también hay que dar de baja y alta cada actuación??
-¿como hacéis la nómina? igual todos los meses o según los días trabajados.
- irpf - ¿mínimo 2%? ¿o ponéis 15%?
- Que Convenio aplicáis aquí, el porpio del Pub que sería el de Hostelería o para el DJ buscariáis alguno relacionado como el de salas de fiestas.
 

Besy

Miembro
Pub nos pide demos de alta un disc-jockey residente, va a estar de continuo en la empresa. Supongo que lo tengo que dar de alta en el régimen artistas, pero tengo dudas al respecto (hace años que no tengo artistas), a ver si me podéis orientar un poquito-
- pedir CCC régimen artistas
- alta como tiempo completo - cto 100 o 200 y colectivo 971?grupo cotización 3?
- si es indefinido también hay que dar de baja y alta cada actuación??
-¿como hacéis la nómina? igual todos los meses o según los días trabajados.
- irpf - ¿mínimo 2%? ¿o ponéis 15%?
- Que Convenio aplicáis aquí, el porpio del Pub que sería el de Hostelería o para el DJ buscariáis alguno relacionado como el de salas de fiestas.

Ostras, yo no sé si lo hago bien entonces, pero los Pub's los tengo con el Convenio de Hostelería y doy de alta DJ's en el Régimen General como cualquier otro trabajador. También tengo alguna discoteca y aplico el Convenio de Salas de Fiesta.

He tenido inspecciones de dichas empresas y nunca he tenido problemas con el tema. A ver como lo hacen los demás compañeros.
 

anuskillas

Miembro conocido
Ostras, yo no sé si lo hago bien entonces, pero los Pub's los tengo con el Convenio de Hostelería y doy de alta DJ's en el Régimen General como cualquier otro trabajador. También tengo alguna discoteca y aplico el Convenio de Salas de Fiesta.

He tenido inspecciones de dichas empresas y nunca he tenido problemas con el tema. A ver como lo hacen los demás compañeros.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Ostras, yo no sé si lo hago bien entonces, pero los Pub's los tengo con el Convenio de Hostelería y doy de alta DJ's en el Régimen General como cualquier otro trabajador. También tengo alguna discoteca y aplico el Convenio de Salas de Fiesta.

He tenido inspecciones de dichas empresas y nunca he tenido problemas con el tema. A ver como lo hacen los demás compañeros.
Y en las discontecas también hacéis igual? Dj, gogos....? Al régimen general? ¿y si va un cantante al pub, igual, al régimen general?
 
Última edición:

SHGOROEL

Miembro conocido
Pues estoy mirando esto por curiosidad, porque mi hijo es técnico de iluminación y ha trabajado poco hasta ahora (porque sigue estudiando otras cosas). Pero para el mismo trabajo unos le han dado de alta en el régimen general y otros en el de artistas. Pero estoy mirando y djs y cantantes y tal,... igual tienen que ir al de artistas. Pero vaya, aun no sé cual es el límite del régimen general y el especial de artistas...
 

fundación

Miembro conocido
Creo que desde el año pasado los DJs son artistas equiparados a bailarines, músicos, cantantes o monologuistas, grupo 1 personal de espectáculos.
 

MarLo

Miembro conocido
Me interesa y creo que tenemos que verlo bien. Yo hasta ahora por el convenio de hostelería de la provincia que regula discotecas, pub, etc... y tiene la categoría de "pinchadiscos" pero he visto esto, al leeros, por internet

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a ver si desarrollamos el hilo, porque creo que nos toca ponernos las pilas con el tema
 

MiriamSR

Miembro conocido
Esto es lo que me contestaron de CASIA para este caso:

Buenas tardes. Conseguido el CCC del régimen 0112 procede el alta del DJ residente (suponemos con autorización para trabajar por cuenta ajena, si es el caso) y, dado que el contrato es indefinido y a tiempo parcial (contrato "200"), NO procede alta y baja por cada actuación. Sí que se cotizará en función de las actuaciones.
 
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