ALTA RETA

ana98va

Miembro
Buenas tardes,

Una persona la cual ha arrendado las tierras de su padre, tiene CCC en el que da de alta a trabajadores para campañas (vendimia, poda), él no desempeña actividad en las tierras, pero si tiene rendimientos, debe estar dado de alta en el reta?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Lo que describes parece corresponderse de forma literal con la definición fiscal de actividad económica:

"la ordenación por cuenta propia de medios de producción -las tierras- y de recursos humanos -los trabajadores- o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios."

Y sí, en tal caso eso es ejercer una actividad económica, y salvo excepciones tasadas, corresponde RETA.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Creo que la normativa no establece periodos temporales, sino hechos+motivaciones.

Puedes ordenar recursos humanos (contratar empleados), pero sin una finalidad de intervenir en el tráfico económico, y no estar sujeto a RETA, como en el régimen del hogar, donde eres "empleador", pero no "empresario".
Fuera de este caso, no me suena otra situación donde una persona física pueda contratar trabajadores por cuenta ajena sin ser ella misma RETA.
 
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