AMPLIACIÓN DE JORNADA

mia_mia

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:-\
Buenas noches.

Soy un poco nuevo en estos asuntos. Tengo que realizar una ampliación de jornada en un trabajador (actualmente está contratada por obra o servicio determinado, contrato a tiempo parcial) para realizarla: ¿tendría que rescindir el contrato actual y hacer uno nuevo? ¿Podría modificar el ya existente? ¿Es necesario que la trabajadora firma algo aparte?
Muchas gracias compañeros. 
 

Mr. White

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No hace falta firmar nuevo contrato, con firmar un documento de acuerdo de ampliación de jornada por ambas partes es suficiente.
 

manolo

Miembro activo
Con la firma del acuerdo es suficiente, no hace falta registrar nada, lo que si tendras que hacer es una variaciacion de jornada en la Tesoreria.
 

jr_89

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Yo lo registraría en el servicio de empleo que corresponda, yo me intento pillar los dedos lo menos posible y este acuerdo mismo lo comuniqué al SAE la semana pasada o la anterior, que luego te pueden poner pegas
 

ManuelSM2

Miembro
Lo que yo hago en estos casos es presentar un escrito al SEPE de cambio de jornada y una modificación en la Seguridad Social por Sistema Red. Para lo segundo te dejan 6 días a partir de la fecha de cambio. En caso de pasar de tiempo parcial a tiempo completo o viceversa, también cambio la clave identificativa del contrato, de lo cual hago mención en el escrito del SEPE para que lo tengan en cuenta.

Saludos.
 

sjc

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Lo hago casi todos los días y la respuesta completa es la ultima, por el sistema red y en papel con las firmas correspondientes en el sepe
 

manolo

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En referencia a este tema hay un informe emitido por la inspeccion de trabajo de Murcia en el 2011 que informa que las modificaciones en las clausulas  contractuales pactadas entre empresario y trabajadora con posterioridad al inicio de la relacion laboral  no han de ser comunicadas a la oficina de empleo, de hecho aqui en mi oficina de empleo directamente no me aceptan esos escritos.
 

Archivos adjuntos

  • Informe Inspección Provincial de Trabajo y SS SS.pdf
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Aslasa

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manolo dijo:
En referencia a este tema hay un informe emitido por la inspeccion de trabajo de Murcia en el 2011 que informa que las modificaciones en las clausulas  contractuales pactadas entre empresario y trabajadora con posterioridad al inicio de la relacion laboral  no han de ser comunicadas a la oficina de empleo, de hecho aqui en mi oficina de empleo directamente no me aceptan esos escritos.

Gracias por el informe!  ;)
 
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