Buenos días,
Tengo un cliente cuyo convenio es industria de la madera y su actividad es reparación naval.
Trabaja en una nave y también en los propios barcos.
Estoy comunicando apertura del centro de trabajo y tengo dos dudas:
1.- Está inculido en el anexo I?El anexo I del RD 39/1997 incluye:
i) Actividades en la industria siderúrgica y en la construcción naval.
Entiendo que no está incluido, no es lo mismo construcción que reparación,... ¿Qué opináis?
2.- Tendría que comunicar apertura de centro de trabajo cada vez que vaya a trabajar a un barco???
Gracias y saludos,
Tengo un cliente cuyo convenio es industria de la madera y su actividad es reparación naval.
Trabaja en una nave y también en los propios barcos.
Estoy comunicando apertura del centro de trabajo y tengo dos dudas:
1.- Está inculido en el anexo I?El anexo I del RD 39/1997 incluye:
i) Actividades en la industria siderúrgica y en la construcción naval.
Entiendo que no está incluido, no es lo mismo construcción que reparación,... ¿Qué opináis?
2.- Tendría que comunicar apertura de centro de trabajo cada vez que vaya a trabajar a un barco???
Gracias y saludos,