ANOTACION GUARDA LEGAL EN RED

ISABEL

Miembro
Hola; hace tiempo que no hago este movimiento en red. Hay que dar de baja al trabajador con clave 99 el día anterior al inicio de la guarda legal y luego darlo de alta de nuevo en colectivo de guarda legal, con la proporción de jornada trabajada. ¿Es así ahora? Gracias
 

reb

Miembro conocido
Noo, tienes que ir a la opción cambio de contrato del sistema red, poner la fecha del cambio y el coeficiente nuevo, dejar el tipo de contrato que tenga y en reducción de jornada poner el nº1 que es el de guarda legal.
 

isabarros

Miembro activo
Buenas tardes, dentro de unos días tengo que hacer por primera vez una reducción de jornada por guarda legal por cuidado de niño menor de 12 años.
Según he visto, llegado el día del cambio, en sistema red en "Cambio de contrato (tipo/coeficiente)" tengo que poner:
- la fecha del cambio
- el tipo de contrato que tiene actualmente
- el nuevo coeficiente que va a trabajar
- en reducción de jornada la causa 1, que es cuidado de menor

Y con eso ya estaría todo sin tener que hacer nada en el SEPE ,¿es correcto?

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reb

Miembro conocido
Buenas tardes, dentro de unos días tengo que hacer por primera vez una reducción de jornada por guarda legal por cuidado de niño menor de 12 años.
Según he visto, llegado el día del cambio, en sistema red en "Cambio de contrato (tipo/coeficiente)" tengo que poner:
- la fecha del cambio
- el tipo de contrato que tiene actualmente
- el nuevo coeficiente que va a trabajar
- en reducción de jornada la causa 1, que es cuidado de menor

Y con eso ya estaría todo sin tener que hacer nada en el SEPE ,¿es correcto?

Ver el archivos adjunto 4725
Al sepe no se comunica nada, y en este caso. si es un trabajador con contrato 100, en tipo de contrato tienes que mantener el 100 y ponerle el coeficiente
un saludo
 

isabarros

Miembro activo
Al sepe no se comunica nada, y en este caso. si es un trabajador con contrato 100, en tipo de contrato tienes que mantener el 100 y ponerle el coeficiente
un saludo
Es un contrato 189, con lo que entiendo que el tipo de contrato aunque pase a jornada parcial no se lo tengo que cambiar.
Quedará con un contrato 189 y una jornada del 80%.

Una duda en la que no había pensado, al hacerle la nómina, pasará a cobrar y cotizar por la nómina correspondiente al 80% de la jornada, por lo tanto, ¿pasaré a tener que informar el nº de horas mensuales al estar a jornada parcial, correcto?
Muchas gracias
 
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