ANTICIPO NOMINA

nayade

Miembro activo
Buenos días, a ver si me dais alguna opición sobre este asunto:
un trabajador con tarjeta de empresa ha comprado cosas personales, por una parte se le puede descontar en la nómina como anticipo?
con la tarjeta se va a sacar un extracto y según las horas y los establecimientos donde se han realizado las mimas, se va a justificar el importe.

Seguramente se le despida por esa causa, yo había pensado hacerlo de manera disciplinaria como transgresión de la buena fe contractual, entra ese motivo?

Y por último, en caso de que el trabajador denuncie, veis si se podría declarar de alguna manera improcedente?

Gracias
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Comprar cosas personales con la tarjeta de empresa sin estar autorizado no tiene buena pinta, no veo yo lo del adelanto.... lo que si hay que estar muy fino es el procedimiento a seguir, comunicación al trabajador, posibilidad de explicaciones, las veces que lo ha hecho, el importe.... he visto en contabilidad algún caso justo lo contrario haber pagado por error con su tarjeta personal en vez de la empresarial un pequeño gasto y no salir a la luz hasta el cierre y cuadre de la contabilidad
 

toni

Miembro conocido
Para el TS se trata de apropiación indebida y si se puede demostrar que efectivamente a hecho esos gastos no creo que tenga mucho recorrido su denuncia.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Descontar en nómina. En principio puede que pongan problemas porque esto es una compensación de deuda. En todo caso, descuenta y si te pone demanda por cantidad, pues en conciliación anuncias reconvención y punto pelota.
 

Leovigildo

Miembro activo
Hola, adjuntar carta con "estadillo" de las operaciones autorizadas con esa tarjeta y las que no, para poder justificar esa compensación de deuda en nómina. No se de que cifra estamos hablando, pero incluso podría tener consecuencias de otro tipo.
 

toni

Miembro conocido
Con perdón, no se porque os complicáis, es apropiación indebida y punto pelota, disciplinario de cojones...

Articulo 254 del CP y 54 de ET.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Lo de descontar en nómina no lo veo. Entiendo más que la empresa debería poner una demanda al trabajador y luego ya se verá. Despido como dice Toni, si.
 

elchuske

Miembro conocido
Lo del despido no lo veo. Siempre podrá argumentar que no se ha dado cuenta. En cuento a los gastos se lo comunicáis por carta y le dices que se lo vas a descontar de la nomina y que firme su conformidad. Si no da su conformidad entonces como dice TONI. Apropiación con todas sus consecuencia. Asi creo que tiene mas recorrido y no a las bravas. Le quitas la tarjeta y que las aguas vuelvan a su cauce.
Pero en estas cosas de despidos hay tantas aristas que ya uno se acojona por na.
Salvo mejor opinion.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Con perdón, no se porque os complicáis, es apropiación indebida y punto pelota, disciplinario de cojones...

Articulo 254 del CP y 54 de ET.
Les debe preocupar, a parte del despido, poder recuperar el dinero. Mientras sea empleado, y más allá de que sea o no lo más ortodoxo, se lo pueden descontar directamente como anticipo (cuando digo "pueden" no me refiero necesariamente a legalmente, si no materialmente).
Y sí, claro, un uso fraudulento de tarjeta de empresa encajaría perfectamente en el supuesto de "transgresión de la buena fe" como causa de despido.
Pero como conseguir un despido PROCEDENTE no es tan sencillo, ni en los casos que parecen claramente de libro...en fin que quede claro que todo fue de forma intencionada, tratando de vestir esas compras como de empresa... que no puede considerarse como un simple despiste.

Yo, en otras empresas, pero ante casos claros de apropiación indebida, he llegado a ver que se negociaba con el trabajador el devolver la deuda y que causara baja voluntaria (no despido y con su paro...) a cambio de no denunciarlo (por vía penal).

Ahora, también hay casos (de manual, pero reales), de despido procedente de un mozo de almacén de un supermercado por haber abierto y bebido una lata de refresco en el almacén. Y es que cosas como estas pueden hacer perder la confianza en el trabajador, no hace fala que reviente la caja fuerte.
 

toni

Miembro conocido
Recuperar el dinero? Pues por lo penal... Es que vamos, que no todas las empresas son malas ni todos los trabajador son de puta madre como se piensa la Yoli... Lo mismo que en el otro post que coacciona su despido y su paro... Asi va este pais, me pido plaza en el cohete de la tucan.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Recuperar el dinero? Pues por lo penal... Es que vamos, que no todas las empresas son malas ni todos los trabajador son de puta madre como se piensa la Yoli... Lo mismo que en el otro post que coacciona su despido y su paro... Asi va este pais, me pido plaza en el cohete de la tucan.
Que sí Toni, pero tal vez esa, la Penal, sin duda la más correcta (o la única correcta) puede ser más complicada o llevar más tiempo.
Mientras siga siendo empleado (vaya, que no lo hayan despedido aún) pueden hacerlo más fácilmente, con su nómina.
En estos casos, a menudo, la principal preocupàcion de la empresa es recuperar el dinero. Bueno, claro, y perder de vista a ese empleado, de la forma que sea.
 

toni

Miembro conocido
Igual es que al hacerme mayor (que ya lo soy) me hago mas cascarrabias (que tambien lo soy) pero un empleado me lo hace a mi, aunque me devuelva todo el dinero con intereses y me prometa que no lo volvera a hacer, mi confianza ya la a perdido...

Cartita fulminante describiendo los hechos con sus pruebas, amenaza que lo devuelva todo en X plazo (nada de anticipos nomina) o via penal y punto pelota... Tengo el ET, el CP y el TS a mi favor...
 

nayade

Miembro activo
Gracias a todos por responder, como necesitan trabajadores y no encuentran a nadie, de momento el trabajador va a seguir en la empresa, y se lo descuentan de la nómina

De momento intentaré no pensar en ello hasta que llegue el día en que le quieran despedir.
 
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