Buenos días,
Trabajador que pasa a pensionista tras declaración de incapacidad permanente. Tras dos meses como pensionista, el trabajador renuncia a la incapacidad y la empresa le vuelve a dar de alta. Ahora le quieren despedir.
¿Qué antiguedad consideráis que tengo que cojer para el cálculo de la indemnización? La del primer contrato o la del que se le hizo tras la renuncia a la incapacidad.
La diferencia económica es considerable.
Trabajador que pasa a pensionista tras declaración de incapacidad permanente. Tras dos meses como pensionista, el trabajador renuncia a la incapacidad y la empresa le vuelve a dar de alta. Ahora le quieren despedir.
¿Qué antiguedad consideráis que tengo que cojer para el cálculo de la indemnización? La del primer contrato o la del que se le hizo tras la renuncia a la incapacidad.
La diferencia económica es considerable.