Hola a todos/as.
Tengo un cliente nuevo ahora y resulta que veo que lleva de alta desde 2003 y la asesoría anterior no le ha puesto en las nóminas nada de antigüedad.
Según el convenio es así :
Para los trabajadores ingresados al servicio de la Empresa, antes del 1 de enero de 2006, los aumentos por antigüedad serán satisfechos conforme al cómputo establecido en el artículo 76 de la Ordenanza de Siderometalurgia, y consistirán el abono de quinquenios en número ilimitado, del cinco por ciento (5%) sobre el salario base del Convenio vigente en cada momento.
?El 5% que dice así es acumulable?, quiero decir si se dió de alta en el 2003, ahora en el 2024 tendría que ser un 20% sobre el salario base del convenio ?
Gracias de antemano.
Tengo un cliente nuevo ahora y resulta que veo que lleva de alta desde 2003 y la asesoría anterior no le ha puesto en las nóminas nada de antigüedad.
Según el convenio es así :
Para los trabajadores ingresados al servicio de la Empresa, antes del 1 de enero de 2006, los aumentos por antigüedad serán satisfechos conforme al cómputo establecido en el artículo 76 de la Ordenanza de Siderometalurgia, y consistirán el abono de quinquenios en número ilimitado, del cinco por ciento (5%) sobre el salario base del Convenio vigente en cada momento.
?El 5% que dice así es acumulable?, quiero decir si se dió de alta en el 2003, ahora en el 2024 tendría que ser un 20% sobre el salario base del convenio ?
Gracias de antemano.