Buenos días.
Él día antes de mis vacaciones registré varios contratos previos con fecha efectos del día siguiente y el aplicativo me permitió realizar el registro en el Contrat@. Posteriormente uno de los que debían empezar no se presentó a su centro de trabajo, ni firmó el contrato. Por lo que desde casa procedí anular el alta a la seguridad social por RED y tras regresar de vacacines presenté escrito al Contrat@ para que procedieran a su anulación. ( ya que el programa no permite anulaciones). Ahora me responden por escrito que no proceden a su anulación. Recalcando que "los empresarios están obligados a comunicar a los servicios públicos el contenido de los contratos .... en el plazo de los diez días hábiles siguiente a su concertación.
Lo veis normal ??? o ya es cuestión de tocar los coj....
Él día antes de mis vacaciones registré varios contratos previos con fecha efectos del día siguiente y el aplicativo me permitió realizar el registro en el Contrat@. Posteriormente uno de los que debían empezar no se presentó a su centro de trabajo, ni firmó el contrato. Por lo que desde casa procedí anular el alta a la seguridad social por RED y tras regresar de vacacines presenté escrito al Contrat@ para que procedieran a su anulación. ( ya que el programa no permite anulaciones). Ahora me responden por escrito que no proceden a su anulación. Recalcando que "los empresarios están obligados a comunicar a los servicios públicos el contenido de los contratos .... en el plazo de los diez días hábiles siguiente a su concertación.