Buenas tardes,
Hace tiempo que no tramito un fraccionamiento de las deudas con seguridad social; la parte de las cotizaciones de los trabajadores y la cotización por AT y EP son inaplazables, pero de la cuota aplazables ¿debe existir un mínimo? creo recordar que si, pero no se cuál era ese mínimo.
Saludos.
Hace tiempo que no tramito un fraccionamiento de las deudas con seguridad social; la parte de las cotizaciones de los trabajadores y la cotización por AT y EP son inaplazables, pero de la cuota aplazables ¿debe existir un mínimo? creo recordar que si, pero no se cuál era ese mínimo.
Saludos.