art. 42.3 estatuto trabajadores

Iker

Miembro
Estimados compañeros,

Prevee el art. 42.3 del E.T., que el contratista deberá informar de la identidad de la empresa principal a la TGSS en los términos que reglamentariamente se determinen. El Sistema RED online tiene una pestaña para informar de los trabajadores subcontratados o cedidos.

Tengo una consultora que va a mandar un trabajador a prestar servicios a otra empresa. La comunicación se puede hacer directamente por Sistema RED online o hay que presentar algún modelo "físicamente" en la TGSS??.

Respecto a la comunicación que hay que hacer al propio trabajador. ¿Alquien tiene un modelo?.

Muchísimas gracias de antemano.
 
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