ATRASOS AÑOS ANTERIORES

Sofía20

Miembro
Buenas tardes. Me llaman de una de mis empresas para que les de de alta a una chica, diciéndome si les podía decir el coste aproximado. Pues nada, procedo a hacerlo y no me cuadran las cifras con lo que se supone que debería salir. Empiezo a calcular y que pasa, que desde 2017 la señora que estaba antes que yo no actualizó las tablas salariales. Entonces me veo ahora con una duda, a las trabajadoras que siguen en la empresa se le deben pagar dichos atrasos, pero ¿y a los trabajadores que ya se les ha dado de baja se debe contactar con ellos y pagarselo? He leído cosas distintas, entonces no me termina de quedar muy claro.
Muchas gracias por adelantado
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, las cantidades de 2017, 2018, 2019, 2020 y hasta septiembre de 2021 están prescritas. Lo que no está prescrito, sí que se puede exigir. Otra cosa es que, si han marchado , pues dudo que la empresa quiera pagar lo prescrito, y aún lo que no está prescrito y no ha sido exigido por dichos trabajadores.
 

Sofía20

Miembro
Bueno, las cantidades de 2017, 2018, 2019, 2020 y hasta septiembre de 2021 están prescritas. Lo que no está prescrito, sí que se puede exigir. Otra cosa es que, si han marchado , pues dudo que la empresa quiera pagar lo prescrito, y aún lo que no está prescrito y no ha sido exigido por dichos trabajadores.
¿Te refieres a que debería únicamente pagar atrasos de 2022, y de 2021 de octubre a diciembre? Pero ante la Seguridad Social si se debe cotizar por todos ¿no?
 

MiriamSR

Miembro conocido
Tal vez a la señora de antes la empresa le había dicho que no actualizará tablas, que a veces también pasa. Yo haría dependiendo de cuando haya salido el último convenio o tal vez esperar al próximo. Todo depende de si ha sido un descuido de no actualizar, que me parecen demasiados años para ser un descuido o si es la empresa la que no quiere.
También es verdad que a veces no salen convenios con tablas de varios años atrás. No se realmente cuál será el caso.
En cuanto a lo de trabajadores no de alta, también hay que abonarlo si corresponde, pero normalmente las empresas, en mi caso, me dicen que no lo calcule.
 
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Sofía20

Miembro
Tal vez a la señora de antes la empresa le había dicho que no actualizará tablas, que a veces también pasa. Yo haría dependiendo de cuando haya salido el último convenio o tal vez esperar al próximo. Todo depende de si ha sido un descuido de no actualizar, que me parecen demasiados años para ser un descuido o si es la empresa la que no quiere.
También es verdad que a veces no salen convenios con tablas de varios años atrás. No se realmente cuál será el caso.
En cuanto a lo de trabajadores no de alta, también hay que abonarlo si corresponde, pero normalmente las empresas, en mi caso, me dicen que no lo calcule.
En este caso me temo que se trata más bien de un descuido, ya que mi jefa pensaba que en el programa se actualizaba todo automático:rolleyes: . Yo lo que pensaba hacer era recalcular TODOS los atrasos y ya que empresario decida si paga solo a las personas que siguen en la empresa o a todos. Dejándolo todo por escrito y bien explicado.
Muchas gracias @FERNANDO @MiriamSR
 
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