laboris3975
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Buenos días,
Una empresa quiere aplicar unos aumentos salariales con retroactividad a enero de 2023. La mayoría de los trabajadores están por encima del convenio y la idea es hacerlo o en esta nómina de febrero o sino da tiempo en la de marzo. ¿se pueden hacer esos atrasos de enero y/ febrero y presentar la correspondiente L03 aunque no tengan que ver con el convenio?
Es que es la única forma de poder aplicar esos aumentos retroactivos y cotizarlos en sus meses correspondientes. Estoy leyendo el artículo 56 del Reglamento General de Recaudación y no parece que se puedan hacer si no es con norma o similar.
Muchas gracias.
Un saludo
Una empresa quiere aplicar unos aumentos salariales con retroactividad a enero de 2023. La mayoría de los trabajadores están por encima del convenio y la idea es hacerlo o en esta nómina de febrero o sino da tiempo en la de marzo. ¿se pueden hacer esos atrasos de enero y/ febrero y presentar la correspondiente L03 aunque no tengan que ver con el convenio?
Es que es la única forma de poder aplicar esos aumentos retroactivos y cotizarlos en sus meses correspondientes. Estoy leyendo el artículo 56 del Reglamento General de Recaudación y no parece que se puedan hacer si no es con norma o similar.
Muchas gracias.
Un saludo