Haber si alguien puede echarme un cable, que en los buzones de consultas no saben ni desde donde les viene el viento.
Tengo una empresa que ha venido nueva de otra gestoría, por el motivo que sea no le realizaron el alta en VidaCaixa ni aportaciones a Seg. Social de atrasos ni nada. El caso, es que el cliente antes de crear la sociedad limitada tenía contratado a los mismos trabajadores que tiene actualmente, pero como autónomo.
En 2022 era autónomo y tenía trabajadores contratados como persona física, pero en enero de 2023 se pasó a autónomo societario y dio de alta en la sociedad a dichos trabajadores. Entonces, a expensas de atrasos yo entiendo que los del año 2022 como autónomo con trabajadores, no tiene que regularizar esos atrasos ¿no? ya que los trabajadores finalizaron su relación laboral con el autónomo y en 2023 pasaron a darse de alta en la sociedad, empezando un nuevo tramo de cotización con la otra empresa.
¿Cómo lo ves ustedes?
Gracias de antemano
Tengo una empresa que ha venido nueva de otra gestoría, por el motivo que sea no le realizaron el alta en VidaCaixa ni aportaciones a Seg. Social de atrasos ni nada. El caso, es que el cliente antes de crear la sociedad limitada tenía contratado a los mismos trabajadores que tiene actualmente, pero como autónomo.
En 2022 era autónomo y tenía trabajadores contratados como persona física, pero en enero de 2023 se pasó a autónomo societario y dio de alta en la sociedad a dichos trabajadores. Entonces, a expensas de atrasos yo entiendo que los del año 2022 como autónomo con trabajadores, no tiene que regularizar esos atrasos ¿no? ya que los trabajadores finalizaron su relación laboral con el autónomo y en 2023 pasaron a darse de alta en la sociedad, empezando un nuevo tramo de cotización con la otra empresa.
¿Cómo lo ves ustedes?
Gracias de antemano