Según todo lo que veo , la TGSS dice que tomara la casilla 1577, pero claro eso es un resultado contable que llega del vuelco del 184, en el que estan incluidas las cuotas de autónomo de cada comunero.
Las preguntas serian:
1.- A la casilla 1577 que tiene que llegar:
- El rendimiento neto atribuido + los gastos de difícil justificación + la cuota de autónomos (si la hemos puesto como gasto de personal)
- El rendimiento neto atribuido + los gastos de dificil justificacion , a pesar que para el calculo del rendimiento y del 184 hayamos descontado la cuota de autonomos
2.- en el 184 vosotros metéis las cuotas de autónomos como gasto deducible y si es que no , donde lo metéis en la casilla 1578?
Veo que de este tema nadie se ha metio a verlo
Las preguntas serian:
1.- A la casilla 1577 que tiene que llegar:
- El rendimiento neto atribuido + los gastos de difícil justificación + la cuota de autónomos (si la hemos puesto como gasto de personal)
- El rendimiento neto atribuido + los gastos de dificil justificacion , a pesar que para el calculo del rendimiento y del 184 hayamos descontado la cuota de autonomos
2.- en el 184 vosotros metéis las cuotas de autónomos como gasto deducible y si es que no , donde lo metéis en la casilla 1578?
Veo que de este tema nadie se ha metio a verlo
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