Atuoescuelas y smi 2021-2022

cwarrand

Nuevo miembro
Buenos días compañer@s, os comparto esta cuestión por si os encontráis en la misma disyuntiva con relación al nuevo CC de referencia.

Con relación al nuevo convenio colectivo de Autoescuelas publicado en fecha 4 de abril de 2022 surgen dudas sobre la aplicación de las tablas salariales del mismo y que quedan anexadas en el anexo II del texto y lo dispuesto en la disposición transitoria II del mismo texto normativo. Las dudas son:

  • La garantía del smi en vigor en 2021 y 2022 se refiere a la totalidad de los salarios que percibe el trabajador excluidos los extrasalariales o solo sobre el salario base de la tabla publicada sin contar ningún otro concepto? Es decir, en la tabla de 2021 donde pone 904 €/mes se debe implementar 965 €/mes con efectos de 1 de septiembre de 2021? y por ende, calcular el atraso con tal importe respecto a los salarios?

  • En el mismo sentido, en la tabla 2022 donde pone como salario 922,08 € debe ponerse 1000 € con efectos de 1 de enero de 2022?
Se sientas a negociar y se quedan panchos.. Que digo yo que es fácil de plasmar unta tabla salarial.

Gracias y salud.
 

Rosa2018

Miembro activo
Buenas tardes! Estoy con la misma duda....entiendo que debería ser en la totalidad de salarios no sobre salario base...pero dudo
 

toni

Miembro conocido
Buenos días compañer@s, os comparto esta cuestión por si os encontráis en la misma disyuntiva con relación al nuevo CC de referencia.

Con relación al nuevo convenio colectivo de Autoescuelas publicado en fecha 4 de abril de 2022 surgen dudas sobre la aplicación de las tablas salariales del mismo y que quedan anexadas en el anexo II del texto y lo dispuesto en la disposición transitoria II del mismo texto normativo. Las dudas son:

  • La garantía del smi en vigor en 2021 y 2022 se refiere a la totalidad de los salarios que percibe el trabajador excluidos los extrasalariales o solo sobre el salario base de la tabla publicada sin contar ningún otro concepto? Es decir, en la tabla de 2021 donde pone 904 €/mes se debe implementar 965 €/mes con efectos de 1 de septiembre de 2021? y por ende, calcular el atraso con tal importe respecto a los salarios?

  • En el mismo sentido, en la tabla 2022 donde pone como salario 922,08 € debe ponerse 1000 € con efectos de 1 de enero de 2022?
Se sientas a negociar y se quedan panchos.. Que digo yo que es fácil de plasmar unta tabla salarial.

Gracias y salud.
No pueden ir por debajo, por lo tanto pasa de las tablas y pon el SMI o pon las tablas que marca el CC y pon un complemento hasta el SMI.

EDITO: A que complemento extrasalarial te refieres?
 

cwarrand

Nuevo miembro
Efectivamente hay que computar salario base y completar hasta smi si no cobran antigüedad pues con esta ya cumple. Gracias
 

Rosa2018

Miembro activo
Entiendo que solo afecta a los grupos 2 y 3 y siempre que no tengan antigüedad..ya que, como dices si la tienen ya quedan por encima sin tener en cuenta plus transporte..
El grupo 1 tendría el salario reflejado de la tabla
 

toni

Miembro conocido
Vamos a ver, tiene plus transporte? El CC da una cantidad fija mensual? Si es asi, se tiene en cuenta para el computo, por eso te he preguntado a que extrasalariales te referias.
 

toni

Miembro conocido
Si tiene pero solo lo cobran cuando trabajan por eso pienso que no se tiene en cuenta .
1) Plus de transporte: será abonado solamente por los meses efectivamente trabajados, no devengándose en periodos de Incapacidad Transitoria o vacaciones. Abonable a todos los Grupos Profesionales salvo que la persona trabajadora haga uso del coche de la empresa para el desplazamiento a su vivienda (in itinere).

Se tiene en cuenta para el computo... Lo que indica es que se cobra siempre menos en vacaciones o its
 
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