Aumento salarial en socios de trabajo de cooperativa en régimen general

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Las personas socias trabajadoras de una cooperativa de trabajo que van por el régimen general, a parte de tener un salario que deberá ser superior al SMI, ¿están obligadas a abonar los aumentos salariales según su categoría profesional que determine el convenio?
Es decir, por el hecho de ser socias trabajadoras de la cooperativa en régimen general, ¿se les aplica también la subida salarial o esto va a gusto de los socios trabajadores?
Gracias
 

Santiago

Miembro conocido
Oficinas y despachos de Cataluña, que obliga a abonar el 50% de la subida salarial si las personas trabajadoras han cobrado en cómputo anual un importe inferior a 28.000 euros (aprox) en 2022 y 29.000 euros (aprox) en 2023
 
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