Autónomo colaborador

FJRQ

Miembro
Hola,tengo la siguiente duda. Hija que está dada de alta con su actividad económica y en el régimen de autónomos y convive con su madre. ¿Puede darse de alta la madre como autónoma colaboradora? ¿Le sería de aplicación la tarifa plana?. Y por otro lado, si es así, le sería ya de aplicación la nueva ley de autónomos que se ha publicado el día 25 de Octubre en el Boe o habría que esperar al uno de Enero.Gracias.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Puede contratarla como familiar colaborador, y entra en vigor hoy, porque no esta dentro de los apartados que entran en vigor en enero.


«Artículo 35. Bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos.
El cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, que se incorporen al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos...
 

JAVIER_R

Miembro activo
Me ha entrado una duda a raiz de este supuesto.

También podria ser alta autónomo como colaboradora familiar aun no existiendo convivencia en el mismo domicilio entre madre e hija?
 

Ro

Miembro activo
Si no hay convivencia no sería autónoma colaboradora. Se necesita formar parte de la misma unidad familiar y depender económicamente de la misma.
 

IRIA80

Miembro
Con relación a este tema, me surge una duda

Una pareja de hecho trabaja en el mismo negocio. Él es el autónomo colaborador y ella trabaja para él como trabajadora por cuenta ajena. Ahora, con la nueva ley, podría darse de alta como autónoma colaboradora.... Pero habría algún problema con poner fin al contrato indefinido que tiene para a continuación darla de alta como autónoma colaboradora....? La empresa no va muy bien con lo cual se haría un despido por causas económicas y a continuación un alta como autónoma colaboradora.

SALUDOS!
 

Argi

Miembro conocido
Hola,
Sobre la convivencia os copio pregunta y respuesta a Tesorería:

PREGUNTA:
Hola xxxx,

No sé si nos puedes aclarar dos dudas sobre los familiares colaboradores..,

1.- para ser familiar colaborar es requisito indispensable la convivencia?

2.- pareja de hecho: se puede dar de alta como familiar colaborador a una persona que haya convivido contigo 5 años o sea pareja de hecho tuya? o deben cumplirse los dos requisitos, ser pareja de hecho y haber convivido 5 años?

RESPUESTA:

El punto 2 todavía no está aclarado. Se ha planteado la consulta a Servicios Centrales.

Sobre el punto 1 no,  no se requiere convivencia.



 

Ro

Miembro activo
En el punto 1. Entiendo que quiere decir no se necesita convivencia de 5 años...porque convivencia en sí con la pareja de hecho tendrá que haber ...

Con respecto a tu cuestión Iría si son pareja de hecho si podría ser autónoma colaboradora actualmente.
( Comprueba que el contrato no estè ni haya estado bonificado) la causa de la baja no la veo relevante.
 

FERNANDO

Miembro conocido
PAra ser familiar colaborador sí que es necesaria convivencia. De lo contrario, la persona iría a régimen general normal, nunca a RETA.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que no: los ingresos del negocio se asimilan a la unidad familiar. si hay nómina, se puede entender que no hay dependencia.
 

Ro

Miembro activo
Retribución y fiscalidad del autónomo colaborador | Iberley
https://www.iberley.es/temas/retribucion-fiscalidad-autonomo-colaborador-8441

Yo hace años no hacía nóminas a los autónomos colaboradores de personas físicas pues entendía que al formar parte de la unidad familiar no debía hacerse nómina, sin embargo hay casos en los que entiendo se debe hacer y hago actualmente pues es la forma de que un hermano o hijo con el que se convive tenga unas retribuciones y pueda además deducir el autónomo el pago de la cuota de ss del colaborador. Hay como ocurre tantas veces, discrepancia entre lo que opina aeat y Tgss...
 
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