Autónomo societario -anterior modelo 037

Carlos80

Miembro
Buenos días,

un autónomo societario que se dió de alta en su día en la seguridad social como autónomo societario ,¿ luego en hacienda no tenía que darse de alta en el anterior modelo 037 como un autónomo "normal" que pone su alta en el 130,........,verdad ? ¿Tenía que darse de alta en el modelo 036 como sociedad para indicar el incio de la actividad de esa sociedad ?
 

Wastual

Miembro conocido
- La sociedad debe cursar su alta en el Censo de Empresarios mediante la presentación de la correspondiente declaración de alta (actual y único "modelo 036"), a excepción de que se ha constituido mediante CIRCE/PAE, donde el DUE realizará este trámite "automáticamente".

- El autónomo societario -que es una figura exclusiva relativa al RETA, y en nada afecta al ámbito fiscal-, si va a prestar sus servicios para la sociedad mediante una relación sin las características de ajeneidad y dependencia, que conlleven, por tanto, que él mismo, como "persona física" emita las correspondientes facturas a la sociedad (de la además sera socio y/o administrador) por la retribución de tales trabajos, entonces, sólo en ese caso, debe incluirse -o mantenerse, si ya figuraba- en el mismo Censo mediante el mismo modelo antes indicado (ya que el antiguo modelo 037 ha dejado de existir desde el 03-02-2025)

- En caso de que perciba sus retribuciones por su condición de trabajador "ordinario" (mediante "nómina") debe darse de baja, ya que no recaen en él obligación ninguna respecto de los pagos a cuenta y liquidación de IVA: la retención será practicada por la sociedad y estas quedan no sujetas al Impuesto Indirecto.
 
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