Autónomo societario y otras actividades..

Buenas tardes, me ha surgido la siguiente consulta.

Juan es socio único y administrador de una SL que se dedica a temas audiovisuales. Está encuadrado como autónomo societario.

Ahora bien, Juan, que le pega a todo, también ejerce el oficio de la agricultura. Aún no está dado de alta en el correspondiente epígrafe, pero ahora, que se va a dedicar a ambas actividades al 50% se le dará de alta.

1º Cuestión. Cuando Juan ejerce en la agricultura, lo hace como persona física, ¿se debería cambiar su encuadre en la seguridad social? ¿existe algún término donde sea autónomo societario y autónomo persona física?
2º Cuestión. A Juan en la agricultura le hace falta una mano. ¿Puede como persona física contratar a alguien? ¿Ese alguien además, puede ser un familiar bonificado?

Gracias de antemano.
 

Ro

Miembro activo
Juan tiene que hacer alta en aeat con su nueva actividad como persona física y comunicar variación de datos a Tgss (Hoja adicional alta reta) indicará que además de administrador y socio se sl es reta individual por la activadad x.
Y como reta individual solicitará CCC para su actividad y contrataciones correspondientes .
 

ANUSKILLA

Nuevo miembro
De alta ya está , yo lo único que haría sería comunicar la nueva actividad en tesorería. En tesorería aparecerá reflejado que ejerce 2 actividades, una como autónomo societario y otro como personal física. Cotizará por la base establecida para societario ya que es la mas alta.

 

Ro

Miembro activo
ANUSKILLA dijo:
De alta ya está , yo lo único que haría sería comunicar la nueva actividad en tesorería. En tesorería aparecerá reflejado que ejerce 2 actividades, una como autónomo societario y otro como personal física. Cotizará por la base establecida para societario ya que es la mas alta.
De alta ya está en Tgss, pero en aeat tendrá que darse de alta en la nueva actividad para poder hacer la comunicación a tgss por esa nueva actividad.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Los trabajos de agricultura que va hacer serán de explotación directa y personal de sus campos?? Ya que si es así y cumple los requisitos de los ingresos,  sería SETA ( Autonómo por cuenta propia agrario) :
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/RegimenesQuieneslos10548/RegimenEspecialdeTr32825/index.htm#625

 
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