Cristinagr
Nuevo miembro
Buenas, a ver si me pueden ayudar.
tengo el caso que una autónoma tiene una clínica de cirugía estética, en la cual, la autónoma es la que opera y tiene a una auxiliar contratada que le ayuda en las operaciones. si la autónoma no opera, la auxiliar no trabaja.
la autónoma, causa baja por maternidad, se acogerá a las 6 primeras semanas obligatorias, en este caso, ¿Qué se hace con la trabajadora? puesto que depende 100% de la autónoma.
pensé en dos opciones:
1. una suspensión del contrato de trabajo. (pero en este caso, los art 45,47 y 47 hablan siempre de cara un motivo que le ocurra al trabajador, no empresario.)
2. un despido objetivo
a ver si se os ha dado el caso alguna vez y podéis ayudarme.
muchas gracias
tengo el caso que una autónoma tiene una clínica de cirugía estética, en la cual, la autónoma es la que opera y tiene a una auxiliar contratada que le ayuda en las operaciones. si la autónoma no opera, la auxiliar no trabaja.
la autónoma, causa baja por maternidad, se acogerá a las 6 primeras semanas obligatorias, en este caso, ¿Qué se hace con la trabajadora? puesto que depende 100% de la autónoma.
pensé en dos opciones:
1. una suspensión del contrato de trabajo. (pero en este caso, los art 45,47 y 47 hablan siempre de cara un motivo que le ocurra al trabajador, no empresario.)
2. un despido objetivo
a ver si se os ha dado el caso alguna vez y podéis ayudarme.
muchas gracias