AUTONOMO COLABORADOR

yiyi15

Nuevo miembro
Buenas tardes, se me plantea una duda con respecto a la figura del autónomo colaborador, cómo tiene que cotizar por el tramo 1, su salario tiene que ser de 1000,00 euros aproximadamente al mes para ir acorde con la base de cotización o si este autónomo colaborador no trabaja 40 horas porque tiene otro trabajo en el régimen general y ayuda a su mujer unas 20 horas semanales, el salario se puede reducir o mínimo tiene que ser los 1000,00 euros?. Muchas gracias.
 

DavidGA

Miembro activo
Bajo mi punto de vista, hay 2 opciones:
  • Salario inferior a 1000 € (incluso 0) → BC mínima de 1000 € (D.Tª 7ª)
  • Salario superior a 1000 € → BC que corresponda en cada tramo
 

MarLo

Miembro conocido
Buenas tardes, se me plantea una duda con respecto a la figura del autónomo colaborador, cómo tiene que cotizar por el tramo 1, su salario tiene que ser de 1000,00 euros aproximadamente al mes para ir acorde con la base de cotización o si este autónomo colaborador no trabaja 40 horas porque tiene otro trabajo en el régimen general y ayuda a su mujer unas 20 horas semanales, el salario se puede reducir o mínimo tiene que ser los 1000,00 euros?. Muchas gracias.
ojo, porque el propio enunciado contiene una incompatibilidad: si tiene un trabajo por cuenta ajena en el régimen general, no es posible estar dado de alta como autónomo colaborador. la seguridad social no admite la posibilidad de que el autónomo colaborador pueda trabajar por cuenta ajena para otras empresas en situación de pluriactividad. si el familiar ya estuviese dado de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena quedará excluido de la posibilidad de darse de alta como autónomo colaborador. Y si el familiar es ya autónomo colaborador y posteriormente comienza a trabajar por cuenta ajena, quedando incluido en el régimen general, perderá la condición de autónomo colaborador.
 

anuskillas

Miembro conocido
Bajo mi punto de vista, hay 2 opciones:
  • Salario inferior a 1000 € (incluso 0) → BC mínima de 1000 € (D.Tª 7ª)
  • Salario superior a 1000 € → BC que corresponda en cada tramo
Yo también lo veo así. Independientemente que el salario sea inferior se tiene que partir de una base mínima de cotización de 1000 euros. Esto lo han recalcado por activa y por pasiva .
 

IVO

Miembro activo
ojo, porque el propio enunciado contiene una incompatibilidad: si tiene un trabajo por cuenta ajena en el régimen general, no es posible estar dado de alta como autónomo colaborador. la seguridad social no admite la posibilidad de que el autónomo colaborador pueda trabajar por cuenta ajena para otras empresas en situación de pluriactividad. si el familiar ya estuviese dado de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena quedará excluido de la posibilidad de darse de alta como autónomo colaborador. Y si el familiar es ya autónomo colaborador y posteriormente comienza a trabajar por cuenta ajena, quedando incluido en el régimen general, perderá la condición de autónomo colaborador.
Y si colabora en el negocio habitualmente? Que tendria que estar como autonomo normal?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Y si colabora en el negocio habitualmente? Que tendria que estar como autonomo normal?
En estos casos de familiaridad y pluriactividad actúan las presunciones legales:
Una de dos:
.- O realmente no es familiar colaborador, sino socio de la actividad (a la par que familia), y por tanto debe ir a RETA normal
.- O como ya tiene otra actividad, por cuenta ajena, se presume que la colaboración es ocasional, no habitual, y no queda encuadrado en RETA
 

MarLo

Miembro conocido
Y si colabora en el negocio habitualmente? Que tendria que estar como autonomo normal?
Plantearía el caso a la seguridad social, ya que ahora mismo, al margen de bonificaciones, el encuadramiento tiene sus implicaciones en la cotización por base mínimas. Yo buscaría ese encuadre como RETA normal si el trabajo es habitual
 

IVO

Miembro activo
Plantearía el caso a la seguridad social, ya que ahora mismo, al margen de bonificaciones, el encuadramiento tiene sus implicaciones en la cotización por base mínimas. Yo buscaría ese encuadre como RETA normal si el trabajo es habitual
Yo que sepa no tengo ninguno, era por si se me da la circunstancia pero gracias por la aclaracion porque tienes razon que ahora este planteamiento afecta a la base minima aunque vayamos a rendimientos reales. Que jaleo, todo facilidades
 
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