autonomo, como no

PEPELX

Nuevo miembro
Es por mí esta vez. Yo tengo una base de cotización alta desde 2021. Cotizo por encima de mis ingresos. Tengo que hacer algo ahora en febrero o me quedo quietecito y sigo cotizando como hasta ahora???
es lo que quiero hacer, ya tengo una edad considerable.
saludos
 

AnaZ

Miembro activo
Hola Pepelx, si quieres conservar esa base alta en 2023 a pesar de que tus ingresos son inferiores, no debes modificar la base. O sea como bien dices debes quedarte quietecito. Pero en 2024, cuando la TGSS te revise a la baja para devolverte, has de renunciar a la devolucion (estate atento para cuando lo recibas y poder ejercer la renuncia) , y asi podras mantener tu base mas alta (y ello pq si a fecha 31.12.22 tenias esa base, la puedes mantener). Asi sucesivamente.
De acuerdo?
 

carloslugo

Miembro activo
y si se quiere subir la base de cotización antes de finales de este mes de Febrero y que esta esté bastante por encima de los rendimientos netos que tiene el autonomo , se puede hacer y se la mantendrían en la regularización que despues realicen ...? en mi caso me interesaría incrementar la base de cotización por razones de edad ( 52 años ) .. pero claro sería una base muy por encima de mis rendimientos netos .... ? ...es que no lo tengo claro ... imagino que puedo poner una base superior pero no se si despues me la van a conservar o me la bajarán ...... alguien que tenga claro este tema y que me pueda dar algo de luz .....
Muchas gracias
 

Cachilipox

Miembro conocido
Al estar sobrecotizando a diciembre 2022, tendrás derecho "transitorio" por un periodo indefinido (hasta que cambien la norma legal) a mantener "como máximo" esa base sobrecotizada que tenías a diciembre 2022. Pero no una superior.

Ejemplo: a diciembre 2022 cotizabas por 2.500 €, y tenias unos rendimientos netos a efectos SS, de 1.500 €.

Con el nuevo sistema, si tus rendimientos se mantienen, tu nuevo máximo sería precisamente esos 1.500 €.
Pero como en 2022 ya estabas por encima, tendrás derecho a mantener la base de 2.500 €, o una cualquiera inferior, pero superior a tu nuevo tope de 1.500 €.
No tienes derecho a cotizar por una base superior a esos 2.500 €. (salvo que hagas una cierta trampa legal)

Trampa legal:
Puedes hacer una estimación de previsión de rendimientos "muy optimista", solicitar una base de cotización nueva muy elevada, y una vez ya la tengas, a partir del mes siguiente a estar sobrecotizando, procuras tener baja ILT de al menos 4-5 días.
Las bases de cotización que estén "afectas" a alguna prestación no se regularizan.
 
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