AUTONOMO SOCIETARIO Y CONTRATO HIJA

IVO

Miembro activo
Buenos dias,

con cambios de leyes y asi, un adminsitardor societario puede con el control total de la empresa puede contratar a su hija por cuenta ajena? o debe ser autonoma familiar de socio? En este caso ultimo no podria ser porque actualmente tiene 17 años y el articulo 7b de la LGSS solo contempla a los autonomos mayores de 18 años
 

IVO

Miembro activo
Si conviven pero no llamaria la atencion el cambio de RG a autonomos? o por no se factible su inclusion en autonomos por ser menor se puede hacer esta inlcusion en RG aunque le corresponderia el RETA?
 

NOEMI

Miembro conocido
la verdad es que está pensado de pena.. al tener su padre mas del 50 de participaciones y existir convivencia le corresponde autónomos, pero al ser menor no puedes hacérselo.. por lo que pocas opciones...
 

toni

Miembro conocido
Si conviven pero no llamaria la atencion el cambio de RG a autonomos? o por no se factible su inclusion en autonomos por ser menor se puede hacer esta inlcusion en RG aunque le corresponderia el RETA?
Es lo que se suele hacer y de hecho lo hacemos asi... En caso de ITSS lo dan por bueno al ser menor de 18 años, pero te ponen la coletilla de cambiarlo a cumplir la mayoria de edad.
 

IVO

Miembro activo
y haceis alta normal indicando tipo de contrato, fecha ... o hay que indicar en algun lado que es familiar
 

NOEMI

Miembro conocido
si quieres manda un cassia por tranquilidad y luego te lo guardas, por si tienes algún problema después...
 

IVO

Miembro activo
He mandado un CASIA y mirad que respuesta:

Para su alta como autónoma debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 305.2.b) del del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (BOE del 31), que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. En caso de que los cumpliera se exige que sea mayor de 18 años y no cumpliría los requisitos para estar dada de alta en regimen general.

Me quedo con el hecho que no puede ser autonoma todavia al ser menor de edad pero cumple lo que establece el 305.2b por lo que quedaria fuera del RG. Que sinvivir. Hablare con el cliente y que el asuma la responsabilidad
 

MarLo

Miembro conocido
Yo tuve un caso y como explican Toni y Vila. Decidimos darlo de alta en RG. Mejor eso, que tenerlo por el restaurante (era pinche de cocina ayudando al padre un verano) sin cobertura de ningún tipo
 

IVO

Miembro activo
Ya se lo he comentado y ahora esperando a ver que me dice, que el RG le sale caro me cuenta y lo tiene que pensar...
 

toni

Miembro conocido
Si si, se lo dije el lunes y me conto eso que lo tenia que hablar y pensar y ya me diria algo... No sabe lo que hace como vaya ITSS y le cacen
Yo en estos casos ya ni me preocupo... Esta avisado? Me lavo las manos...Ya soy perro viejo.
 
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IVO

Miembro activo
Yo en estos casos ya ni me preocupo... Esta avisado? Me lavo las manos...Ya soy perro viejo.
Si si el sabra. Podria salvarse si alegara que es algo de un dia... siendo su hija,, pero a saber... Como bien dices, el esta ya avisado. Mañana le recuerdo a ver que va a hacer
 

Caslaboral

Miembro conocido
El problema esta en que no dejen ser autonomo a un menor de 18 pero mayor de 16, cuando deberia poder serlo.
 
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MarLo

Miembro conocido
Si si el sabra. Podria salvarse si alegara que es algo de un dia... siendo su hija,, pero a saber... Como bien dices, el esta ya avisado. Mañana le recuerdo a ver que va a hacer
a ver.... caro caro... tampoco le va a salir. Que es el hijo... que le puede dar de alta 5 horas/10 horas a la semana, el tiempo de más curro, y tira millas...
 
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