AUTONOMOS COLABORADORES

EVA JOM. BUR.

Nuevo miembro
Buenos días!

Alguien me podría decir si un autónomo colaborador que disfruta de la bonificación del 50% se da de baja en el régimen y luego de alta otra vez, retoma la bonificación? o la pierde? o le siguen contando los meses que está de baja y esos meses los pierde?

Muchas gracias
Un saludo!
 

aprendiz

Miembro
Buenas tardes:

El precepto legal establece 2 requisitos:

1º) incorporarse al RETA como colaborador.
2º) No haber estado dado de alta en RETA los 5 años anteriores.

Si se produce una baja en el RETA, para un nuevo acceso a los beneficios ha de cumplirse el segundo requisito de no haber estado de alta los 5 años anteriores.

Por lo tanto no hay continuidad en los beneficios por el tiempo que le restara, y se exige para su nuevo disfrute 5 años anteriores sin alta en RETA.

O sea, con la baja se agotan los beneficios anteriormente adquiridos.

Un saludo.
 
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