autonomos

MONI

Miembro
a vosotros no os ponen locos los autónomos con que ahora sí pueden ir a trabajar.

Cómo informais, pueden o no pueden???

Yo entiendo que no pero igual ya estoy confundida con tanta rectificación

Gracias mil
 

Ignatius

Miembro activo
Con  BOE extraordinario de ayer 30-03-2020, que marca Criterios, sí pueden.

(excepto en las actividades clausuradas con el estado de alarma: hostelería, comercio, gimnasios, peluquerias, etc.... el listado)
 

Sergei

Miembro conocido
Poder, pueden:
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, solo afecta a los autónomos que prestan
sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma. Por su
parte, el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, no resulta de aplicación a las
personas trabajadoras por cuenta propia.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/30/pdfs/BOE-A-2020-4196.pdf
 
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