Ya me contesto yo sola, si puede trabajar sin necesidad de tramitar nada, por ser estudios superiores. Que consulté el enlace que puso
@VILA100 en este mismo hilo.
Hola!
Yo estoy en el caso inverso. Tengo un permiso de estancia por estudios con autorización para trabajar, y solicité la prórroga dentro de plazo, pero aún no me contestan de extranjería. Ahora mismo estoy con convenio de prácticas en una empresa, la empresa me hizo el convenio en base a los derechos extendidos de la prórroga. Sin embargo, mi duda es si pueden hacerme un contrato de trabajo desde ya, o mejor es esperar a que salga la resolución de la prórroga?, el plan que ellos me han manifestado es que yo pueda estar dada de alta y empiece como contratada el 01 de Abril 2025 (por temas de presupuesto). Cabe mencionar que hasta ya acabé los estudios y ya me emitieron mi certificado desde la uni, y extranjería sigue sin resolver (¡!). Entonces, aquí me surge otra duda, si es mejor esperar a que extranjería resuelva para que recién la empresa pueda iniciar el trámite de residencia de trabajo por cuenta ajena, o si no es necesario que espere, y me contrate basados en los derechos de extensión de la prórroga.
Asimismo, esa transición entre pasar de visado de estudios a residencia por trabajo, es confusa en el sentido de que, no saben si puedo seguir acudiendo a practicar (ya que en estricto ahora este es mi tipo de convenio), o deben darme de baja?.
Espero alguien pueda orientarme.
Gracias de antemano!