AYUDA: ANTIGUEDAD E INDEMNIZACIÓN + FOGASA

Ximena

Nuevo miembro
Hola de nuevo, planteo las otras dos cuestiones que me quedaban para el cálculo de la indemnización.

1) Antiguedad que coincide con tiempo de prestación de servicios: desde el 1/2/2005 al 14/01/2013. Por tanto, 7 años, 11 meses y 14 días, pero como el prorrateo se hace por meses los 14 días se convierten en un mes y por tanto resultan 8 años de antiguedad. Os sale la misma antiguedad?

2) Indemnización 20 días / 12 meses. Así, como el salario diario es de 79,94 y la antigüedad 8 años, PUES (20 x 79,94) x 8 = 12790,4 €. Está dentro del límite de 12 mensualidades pues el salario anual era de 28.818,51.

Además de no estar de acuerdo en la cuantía, pretenden aplicar a la indemnización calculada un 40% menos a cargo del FOGASA al amparo del 33.8 ET, y yo creo que hay que hacer el cálculo por separado pues la indemnización del FOGASA también está topada en cuanto al salario base. Así mi razonamiento es, tomo el SMI del 2013 pues el despido se produce en 2013, y hago los cálculos pues el FOGASA aún mantiene en la web los del 2012:

-Tope salario diario, duplo SMI: 9034,20 / 12 = 752,85 / 30 = 25,10 x 2 = 50,20 €.

-Indemnización límite FOGASA: 50,20 x 365 = 18.323 €.

-Indemnización de la que respondería el FOGASA en este caso: (50,20 X 8) x 8 = 3.212,8 € (que es menos del 40% de 12790,4 € que es la indemnización legal).

Por tanto, CREO y corregidme si me equivoco, que la empresa debe abonar la diferencia entre 12790,4 y 3.212,8 = 9.419,2 €. Entiendo que de no ser así el trabajador no tendría garantizada la indemnización legal y esa no es la finalidad del art. 33.8 ET, si bien ya sé que muchas empresas lo hacen así, entiendo que no es lo correcto. Que pensáis?.

Muchas gracias por las aportaciones.

Saludos.
 

signifer

Miembro
Estoy de acuerdo en que cuando el Fogasa aplica tope indemnizatorio, el resto debe asumirlo la empresa.

Una empresa de menos de 25 trabajadores no paga lo que corresponde  asumir al FOGASA, pero lo que no asume, por aplicar los topes, debe pagarlo la empresa. Una carta bien realizada debería hacer bien los cálculos para establecer lo que corresponde a la empresa.

Si no fuese así el trabajador perdería parte de su derecho.

Un saludo
 

Ximena

Nuevo miembro
Ok, muchas gracias.

Solo una duda, la indemnización que puse sobre límite responsabilidad del FOGASA está bien...es que voy a repasar las cuentas, pero me sale una cosa rara.

-Indemnización límite FOGASA: 50,20 x 365 = 18.323 €.

-En caso del trabajador con 8 años de antiguedad la indemnización de la que respondería el FOGASA  (50,20 x 8) x 8 = 3.212,8 €, es menos del 40% de 12790,4 € que es la indemnización legal, y entiendo que es así porque el salario regulador diario del trabajador el mayor que el límite de responsabilidad del FOGASA.

-El problema lo tengo con el trabajador que lleva 36,41 años en la empresa que tiene también un salario regulador diario mayor que el tope del FOGASA, pero en cambio me da una cantidad de la que responde el FOGASA mayor al 40% de la indemnización legal topada. No sé porqué? Igual estoy embotada pero no me cuadran las cuentas.

Un saludo.

 
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