Ayuda en interpretación BNR 04-2024

EstefaniaMJ

Miembro activo
Acaba de llegarnos el BNR, al verlo se nos ha ido los ojos y no damos crédito. O lo estamos interpretando mal, o va a ocurrir algo el próximo mes.

Nosotros interpretamos que no va a existir las baja y altas fuera de plazo en el mes de abril hasta el cierre de los SS.SS.

¿Qué interpretáis vosotros?
 

Archivos adjuntos

  • Captura de pantalla 2024-03-22 102858.jpg
    Captura de pantalla 2024-03-22 102858.jpg
    147,4 KB · Visitas: 26

Tronchacadenas

Miembro conocido
el apocalipsis va a llegar..... yo interpreto que el sistema se va a tragar lo que le mandes sin devolverte mensaje de error, pero que los plazos , las multas, las inspecciones y todo lo derivado de no hacerlo en los plazos establecidos siguen igual.. confunden al igualar plazos de mecanización con plazos legales de tramitacion... asi lo veo yo
 

bunbukybcn

Miembro
Entiendo que ocurre como el plazo de 3 días para hacer variaciones de jornada, que el sistema deja hacerlo fuera de plazo pero el plazo reglamentario son 3...Así no se molesta a los funcionarios para que pongan en fecha altas o bajas fuera de plazo, lo hacemos nosotros.
 

YOLI

Miembro activo
el apocalipsis va a llegar..... yo interpreto que el sistema se va a tragar lo que le mandes sin devolverte mensaje de error, pero que los plazos , las multas, las inspecciones y todo lo derivado de no hacerlo en los plazos establecidos siguen igual.. confunden al igualar plazos de mecanización con plazos legales de tramitacion... asi lo veo yo
opino lo mismo
 
  • Me gusta
Reacciones: IVO

MarLo

Miembro conocido
Esto ya paso hace un par de años (o tres, ya la memoria me falla). Es una forma de liberar a los casias. Será una cosa chuli de esas que se traen de movilidad de funciones según no tienen funcionarios para qué cosas porque se van de vacaciones o los dedican a cazar céntimos de los seguros del año catapúm. Nos dejan a los autorizados red hacer movimientos fuera de plazo, para que no mandemos casia solicitando que nos pongan fechas en plazo, pero.... nos pueden sancionar igual. Y lo harán como ya lo están haciendo y se comentó en otros hilos. La redacción podía ser mejorable pero no dice cosas guais.

No tiene nada que ver con el plazo de modificar coeficientes en los tres días posteriores al mes que queremos modificar. Ese movimiento se considera dentro de plazo y debe ir referido al día 1 del mes que se quiere modificar.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Esto ya paso hace un par de años (o tres, ya la memoria me falla). Es una forma de liberar a los casias. Será una cosa chuli de esas que se traen de movilidad de funciones según no tienen funcionarios para qué cosas porque se van de vacaciones o los dedican a cazar céntimos de los seguros del año catapúm. Nos dejan a los autorizados red hacer movimientos fuera de plazo, para que no mandemos casia solicitando que nos pongan fechas en plazo, pero.... nos pueden sancionar igual. Y lo harán como ya lo están haciendo y se comentó en otros hilos. La redacción podía ser mejorable pero no dice cosas guais.

No tiene nada que ver con el plazo de modificar coeficientes en los tres días posteriores al mes que queremos modificar. Ese movimiento se considera dentro de plazo y debe ir referido al día 1 del mes que se quiere modificar.
Aun asi, lo veo algo positivo. Los plazos los seguire respetando, pero siempre tienes al tipico pesao que te manda una baja 2 semanas tarde, le explicas que le van a sancionar y lo quiere hacer igual. En estos casos nos ahorramos toda la pesadez de pedir todo firmado y tener que andar con CASIAS y que nos toque el funcionario pesado que no lo quiere hacer o quiere que hagamos nose que. Lo tramitamos nosotros rapidito y a pastar.

PD: lo de los coeficientes no esta en plazo reglamentario Marlo, eso ya se discutio en el foro. Lo acepta, pero como tengas inspeccion sancion al canto. Lo aclaro la propia TGSS unos meses despues de publicar el famoso cuadro.
 

EstefaniaMJ

Miembro activo
Esto ya paso hace un par de años (o tres, ya la memoria me falla). Es una forma de liberar a los casias. Será una cosa chuli de esas que se traen de movilidad de funciones según no tienen funcionarios para qué cosas porque se van de vacaciones o los dedican a cazar céntimos de los seguros del año catapúm. Nos dejan a los autorizados red hacer movimientos fuera de plazo, para que no mandemos casia solicitando que nos pongan fechas en plazo, pero.... nos pueden sancionar igual. Y lo harán como ya lo están haciendo y se comentó en otros hilos. La redacción podía ser mejorable pero no dice cosas guais.

No tiene nada que ver con el plazo de modificar coeficientes en los tres días posteriores al mes que queremos modificar. Ese movimiento se considera dentro de plazo y debe ir referido al día 1 del mes que se quiere modificar.
Desconocía que lo hubieran hecho con antelación. En las altas no tenemos problemas, nunca jamás damos un alta fuera de plazo. Pero alguna baja si que se nos puede pasar.

Intentaremos que abril vaya rodado para que no tengamos que hacer "movimientos fuera de plazo".

¡Muchas gracias por vuestras aportaciones!❤️
 

EstefaniaMJ

Miembro activo
Aun asi, lo veo algo positivo. Los plazos los seguire respetando, pero siempre tienes al tipico pesao que te manda una baja 2 semanas tarde, le explicas que le van a sancionar y lo quiere hacer igual. En estos casos nos ahorramos toda la pesadez de pedir todo firmado y tener que andar con CASIAS y que nos toque el funcionario pesado que no lo quiere hacer o quiere que hagamos nose que. Lo tramitamos nosotros rapidito y a pastar.

PD: lo de los coeficientes no esta en plazo reglamentario Marlo, eso ya se discutio en el foro. Lo acepta, pero como tengas inspeccion sancion al canto. Lo aclaro la propia TGSS unos meses despues de publicar el famoso cuadro.
Con respecto a si existe inspección, nosotros la hemos tenido y siempre que se pueda justificar porque se hace el movimiento no sancionan.

Empresa de catering que desconoce cuantos eventos va a realizar porque influyen muchos factores que juegan malas pasadas a ultima hora. a final de mes modificamos parcialidad según eventos a los que se acuden.

Clausula firmada por los trabajadores donde entiende el movimiento que les voy a realizar.

Hemos tenido inspección y palabras textuales de la inspecicón de Málaga - NOSOTROS NO NOS VAMOS A METER EN ESO SI UN TRABAJADOR NO LO RECLAMA -
 

Caslaboral

Miembro conocido
Con respecto a si existe inspección, nosotros la hemos tenido y siempre que se pueda justificar porque se hace el movimiento no sancionan.

Empresa de catering que desconoce cuantos eventos va a realizar porque influyen muchos factores que juegan malas pasadas a ultima hora. a final de mes modificamos parcialidad según eventos a los que se acuden.

Clausula firmada por los trabajadores donde entiende el movimiento que les voy a realizar.

Hemos tenido inspección y palabras textuales de la inspecicón de Málaga - NOSOTROS NO NOS VAMOS A METER EN ESO SI UN TRABAJADOR NO LO RECLAMA -
si claro, igual que con las bajas. Sera que no he hecho yo bajas fuera de plazo que me han puesto via CASIA en plazo. Y nunca sancion.

El plazo reglamentario es el que es, y el reglamento de inscripcion no ha cambiado, 3 dias. Si inspeccion quiere sancionar, sancionara.
 

MarLo

Miembro conocido
Aun asi, lo veo algo positivo. Los plazos los seguire respetando, pero siempre tienes al tipico pesao que te manda una baja 2 semanas tarde, le explicas que le van a sancionar y lo quiere hacer igual. En estos casos nos ahorramos toda la pesadez de pedir todo firmado y tener que andar con CASIAS y que nos toque el funcionario pesado que no lo quiere hacer o quiere que hagamos nose que. Lo tramitamos nosotros rapidito y a pastar.

PD: lo de los coeficientes no esta en plazo reglamentario Marlo, eso ya se discutio en el foro. Lo acepta, pero como tengas inspeccion sancion al canto. Lo aclaro la propia TGSS unos meses despues de publicar el famoso cuadro.
No, Caslaboral, tío, eso de los CTP con caracter retroactivo viene de muy antigüo. Abren como una puerta de tres días, por ejemplo, en abril, los tres primeros días (antigüamente eran incluso 6) para cambiar el CTP de marzo, pero desde el día 1. Muy útil para las jornadas irregulares y totalmente legal y en plazo. Hay boletines red con eso.

En cuanto a lo de ese mensaje de TGSS, me parece una mierda la forma de comunicarlo, el ahora sí ahora no, ahora me mandas un casia ahora no, y te lo voy notificando con una mierda de redacción que crea confusión. Vale, somos adultos y tenemos comprensión lectora, pero algo mal estarán haciendo cuando ese mensaje nos pone :unsure:

De la otra vez tuvieran que mandar nota aclaratoria y por las webs se montará una buena con la ampliación/no ampliación de plazos
 

MarLo

Miembro conocido
Con respecto a si existe inspección, nosotros la hemos tenido y siempre que se pueda justificar porque se hace el movimiento no sancionan.

Empresa de catering que desconoce cuantos eventos va a realizar porque influyen muchos factores que juegan malas pasadas a ultima hora. a final de mes modificamos parcialidad según eventos a los que se acuden.

Clausula firmada por los trabajadores donde entiende el movimiento que les voy a realizar.

Hemos tenido inspección y palabras textuales de la inspecicón de Málaga - NOSOTROS NO NOS VAMOS A METER EN ESO SI UN TRABAJADOR NO LO RECLAMA -
Existe la posibilidad de hacer un CTP con caracter retroactivo, los tres primeros días de cada mes y refenciarlos al mes anterior desde el día 1. Como dices, es una herramienta muy útil para caterings con eventos, yo la uso, documentándolo en el contrato y notificándolo al trabajador. Es un movimiento en plazo y correcto no sancionable que aparece en Boletines red
 

Caslaboral

Miembro conocido
No, Caslaboral, tío, eso de los CTP con caracter retroactivo viene de muy antigüo. Abren como una puerta de tres días, por ejemplo, en abril, los tres primeros días (antigüamente eran incluso 6) para cambiar el CTP de marzo, pero desde el día 1. Muy útil para las jornadas irregulares y totalmente legal y en plazo. Hay boletines red con eso.

En cuanto a lo de ese mensaje de TGSS, me parece una mierda la forma de comunicarlo, el ahora sí ahora no, ahora me mandas un casia ahora no, y te lo voy notificando con una mierda de redacción que crea confusión. Vale, somos adultos y tenemos comprensión lectora, pero algo mal estarán haciendo cuando ese mensaje nos pone :unsure:

De la otra vez tuvieran que mandar nota aclaratoria y por las webs se montará una buena con la ampliación/no ampliación de plazos
En la variacion de datos, incluido el cambio de CTP, hasta hace 2 años te saltaba el fuera de plazo si lo hacias mas de 3 dias despues. Otra cosa es la comunicacion de jornadas reales y otras movidas. Pero 100% seguro que hasta hace nada cualquier cambio de CTP era fuera de plazo. Y para esto hicieron lo mismo que van a hacer ahora con las altas y bajas, ahora el sistema nos va a aceptar estos movimientos sin fuera de plazo, pero el plazo no estara cumplido si haces una baja 5 dias despues... igual que con los ctp.
 

MarLo

Miembro conocido
En la variacion de datos, incluido el cambio de CTP, hasta hace 2 años te saltaba el fuera de plazo si lo hacias mas de 3 dias despues. Otra cosa es la comunicacion de jornadas reales y otras movidas. Pero 100% seguro que hasta hace nada cualquier cambio de CTP era fuera de plazo. Y para esto hicieron lo mismo que van a hacer ahora con las altas y bajas, ahora el sistema nos va a aceptar estos movimientos sin fuera de plazo, pero el plazo no estara cumplido si haces una baja 5 dias despues... igual que con los ctp.
Igual estamos hablando cosas distintas.

Variaciones de jornada fuera de los tres días = fuera de plazo

(excepción) Variación de jornada en los tres primeros días de mes, con fecha de efectos del día 1 del mes anterior = dentro de plazo
 
Última edición:

Caslaboral

Miembro conocido
Igual estamos hablando cosas distintas.

Variaciones de jornada fuera de los tres días = fuera de plazo

Variación de jornada en los tres primeros días de mes, con fecha de efectos del día 1 del mes anterior = dentro de plazo
Si, pero la primera opcion ahora se puede hacer hasta que confirmas los seguros el mes siguiente, y no te salta fuera de plazo ni nada. El sistema lo acepta normal, que entiendo que es lo mismo que pasara con las altas y bajas.
 

MarLo

Miembro conocido
Si, pero la primera opcion ahora se puede hacer hasta que confirmas los seguros el mes siguiente, y no te salta fuera de plazo ni nada. El sistema lo acepta normal, que entiendo que es lo mismo que pasara con las altas y bajas.
sí, pero tampoco se puede decir que no pasa nada por hacer esos movimientos fuera de plazo del primer ejemplo que pongo. Quién sabe, no? lo que pasará dentro de dos años si se les da por hacer una batida.
 

Caslaboral

Miembro conocido
sí, pero tampoco se puede decir que no pasa nada por hacer esos movimientos fuera de plazo del primer ejemplo que pongo. Quién sabe, no? lo que pasará dentro de dos años si se les da por hacer una batida.
exacto a eso me refiero. Que aunque se pueda, los movimientos estan fuera de plazo aunque no lo ponga en el archivo, y que si a inspeccion le da la gana va a sancionar. Y que me veo exactamente la misma situacion con las altas bajas. La penya se va a relajar y sera una carniceria. Aunque para mi, a nivel operativo, eliminar el CASIA para una baja fuera de plazo me va bien (previa comunicacion a la empresa que se van a comer la sancion)
 

Alexia

Miembro activo
Buenos días, aún no me he leído el boletín, pero dice que se aplicará solo en abril? A ver si van a destinar todos los recursos al control de exoneraciones de los ERTE, fijaos que en breve prescriben las de marzo 2020... La que nos espera...
 

Cachilipox

Miembro conocido
No creo que sea por los ERTEs Covid de 2020.
Pienso que puede ser debido a que el 3 de abril comienza la campaña del IRPF, y esta vez, en actividades económicas, lo que se diga en IRPF, mandata a TGSS para la regularización.
Además, ya están conectando bases de datos de INSS con AEAT, por lo de las mutualidades históricas de jubilados.
Eso es POTOCHÓN de consultas entre servidores y bases de datos!

Así que me parece que lo que han hecho es una reserva de ancho de banda, un dar prioridad absoluta en los accesos a los servidores de la SS a la AEAT. Y según como vaya la cosa, eso puede implicar que los accesos "externos" nos queden como bloqueados o muy muy demorados.
Si por ejemplo los servidores SS (TGSS e INSS) tienen un ancho de banda de 10.000 accesos/procesos simultáneos, para dar la máxima agilidad a la AEAT, y garantizar una cierta redundancia, habrán reservado entre la mitad y 2/3 del ancho de banda y capacidad de proceso para hacienda.
 

Alexia

Miembro activo
Buenos días,
Tiene todo el sentido de que es por la revisión de los rendimientos netos de los autónomos, pero por lo que veo le van a dar a las 2 cosas:
Ya me parecía raro que no lo revisasen...
 
Arriba