AYUDA URGENTE DESPIDO IMPROCEDENTE

Menchi

Nuevo miembro
HOLA,

TENGO DOS TRABAJADORES CON UN CONTRATO TEMPORAL EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION DE FECHA DE INICIO EL 14/07/16.
YA NO ESTÁN EN PERIODO DE PRUEBA.
ME LLAMA LA EMPRESA PARA DESPEDIRLES CON FECHA DE HOY, Y ME DICE Q SE RECONOZCA QUE ES IMPROCENTE Y SE LE PAGUE LA INDEMNIZACION POR DESPIDO IMPROCEDENTE CORRESPONDIENTE JUNTO CON EL FINIQUITO.

ESO SE PUEDE HACER, RECONOCER LA IMPROCEDENCIA EN LA CARTA Y PAGARLES LA INDEMNIZACION???, LA CANTIDAD ES MUY POCO.

POR FAVOR CONTESTAR ALGUIEN!!

GRACIAS
 

Mr. White

Miembro activo
Es discutible si se puede o no en el plano laboral.

En el plano fiscal, la consecuencia es que tributa la indemnización.

Con los datos que indicas, no veo ningún riesgo en que reconozcais la improcedencia y paguéis la indemnización - reteniendo-.
 

Menchi

Nuevo miembro
ok, lo voy a hacer así le retengo y le reconozco improcedencia puesto que es poco importe...

gracias!!!!
 

Menchi

Nuevo miembro
OTRA DUDA....QUE RETENCIÓN SE LE APLICA A LA INDEMNIZACIÓN , LOS IMPORTES SON DE 25O€ Y 120€??

 

ferrarito

Nuevo miembro
Pues yo haría la carta de despido, y no pagaría la indemnización, aunque sea muy poco dinero.
Si los trabajadores te reclaman, entonces en el acto de conciliación, reconoces la improcedencia y pagas.

El que te diga la empres que reconozcas la improcedencia y tal........ O las cosas se hacen bien, o se hacen mal.

 

Nando_bcn

Miembro conocido
En todo caso, y resepecto a la retención a apicar sobre al indemnizació, el tipo general que corresponda a  cada trabajador (que, tal vez, por el nivel de ingresos y si el contrato no tenia una duración superior a los 12 meses, sería el tipo fijo del 2%).

Pero, en cualquier caso, esa forma de proceder...  (reconocer la improcedencia teniendo en cuenta la normativa vigente a dia de hoy)...
Entiendo que al trabajador , aunque solo sea pra conseguir la exención de la indemnizacion (y asegurarse, si el el caso, de que la inenización abonada es la que corresponde) nada le impide igualmente impugnar el despido y que las cosas se acaben resolviendo, como más pronto, en conciliación.
Ademas... ¿no puede tener problemas al solicitar la prestación de desempleo con un despido en esas condiciones?. No debería aceditar que lo ha impugnado (y que, también al menos, se ha acabodo dilucidando en conciliación)
 

Mr. White

Miembro activo
No, no tiene que acreditar que lo ha impugnado para el paro, tiene que acreditar que ha recibido la indemnización, y la ha recibido.
 
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