Baja en IAE

José2022

Miembro
Hola, tengo una duda, por si alguno me puede orientar.

Autónomo "normal" el día 1 de marzo se hace el cambio de autonomo "normal" a autonomo colaborador porque va a trabajar en la sociedad limitada de su padre ( viven juntos) por lo que cese su actividad que estaba desarrollando con fecha 28 de febrero.

Resulta que hoy me he dado cuenta que no le di de baja en el IAE por la actividad que estaba dado de alta de autónomo "normal".

¿Le puedo dar de baja con fecha de hoy y presentar el modelo 130 con la misma cantidad que en el 1ºt y el iva sin actividad? o ¿puedo darle de baja en el modelo 037 con fecha 28.2.2025 casi 4 meses después ? ?Habría problemas con eso?

¿Cuál de las dos opciones veis mejor?

Gracias. Un saludo.
 

IVO

Miembro conocido
Si es en la estatal cualquier declaración presentada fuera de plazo lleva sanción. podrias presentar con fecha de hoy o de un mes hacia atras que permite Hacienda.
Luego recuerda en gestión de varias actividades dar de baja la actividad de persona física y comprobar que tenga dada de alta la actividad en la sociedad.

A ver que opina algun otro compañero
 

José2022

Miembro
Perdona IVO, no me he explicado bien. Aquí no hay declaración presentada fuera de plazo. Presenté el 1ºTrimestre ( por su actividad de enero y febrero). Es sobre el trimestral del 2ºTrimestre
El tema es que el 1 de marzo hice el cambio de autónomo "normal" a autónomo "colaborador" por lo que en la seguridad social no hay ningún cambio. El tema es que tenía que haberle dado de baja en el IAE con fecha 28.2 y no lo hice.

Mi duda es : ¿Le puedo dar de baja con fecha de hoy y presentar el modelo 130 del 2º trimestre con la misma cantidad que en el 1ºt porque no ha tenido actividad y el iva a 0 sin actividad? o ¿puedo darle de baja en el modelo 037 con fecha 28.2.2025 casi 4 meses después ? ?Habría problemas con eso?
 

IVO

Miembro conocido
El 037 es una declaración censal y presentarla con fecha 28.02.2025 ya estaria fuera de plazo y conllevaria sanción.. Hay un plazo de un mes a contar desde el hecho causante.

Por eso comentaba lo que podrias tramitarla con fecha de hoy o un mes hacia atrás como mucho para que este en plazo.
 

MarLo

Miembro conocido
Comparto opinión con IVO. Creo que en tu caso es mejor hacer los movimientos en hacienda en plazo y luego solicitar a TGSS por casia que te corrijan las fechas aportando el 036. Deberás intentar que coincidan fechas Hacienda-TGSS ya que cuando regularicen cuota de autónomos de 2025, saltará el desajuste, por el tratamiento diferenciado de las cuotas autónomo "normal"/ autónomo colaborador, si no les salta antes.
 

Bruma

Miembro activo
Yo presentaría baja censal con fecha de hace un mes y los impuestos a cero: el 130 con las mismas cifras del primer trimestre, con lo cual resultado cero, y 303 sin actividad, resultado cero.
Luego, en enero acuérdate de presentar el 390.
 
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