Baja paternidad pendiente después de cambio de empresa

Alvarin83

Nuevo miembro
Buenos días,

A ver si alguien me da luz sobre esto porque tengo muchas dudas y he recabado varías opiniones contradictorias.
Trabajador por cuenta ajena que es padre y disfruta las 4 primeras semanas de baja de paternidad para cogerse el resto cuando se le acabe a la mujer su baja. El caso es que disfruta las 4 semanas y vuelve al trabajo. Al cabo de un tiempo, cambia de empresa, es decir, encuentra un mejor empleo, pide baja voluntaria y cambia de empresa. Pierde el derecho al disfrute del resto de la baja? (El menor aún no tiene un año). Yo entendía que sigue teniendo el derecho pero la baja le ha sido denegada y las opiniones que he buscado no se ponen de acuerdo. Alguna ayuda?

Gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿Quién le ha denegado la baja? ¿el INSS (que es quien la concede)? Porque a la empresa no le corresponde.
No veo que deba tener problemas por el hecho de cambiar de empresa (yo me he encontrado con casos de permiso de lactancia pendiente y, además, en opción acumulada).
¿Tal vez ha modificado las fechas que inicialmente solicitó a la TGSS??
 

Alvarin83

Nuevo miembro
¿Quién le ha denegado la baja? ¿el INSS (que es quien la concede)? Porque a la empresa no le corresponde.
No veo que deba tener problemas por el hecho de cambiar de empresa (yo me he encontrado con casos de permiso de lactancia pendiente y, además, en opción acumulada).
¿Tal vez ha modificado las fechas que inicialmente solicitó a la TGSS??
Lo deniega la empresa. He hablado con el INSS y por ellos me dicen que es ok pero que han de tener certificado de empresa. La empresa argumenta que como en el momento del hecho causante (nacimiento) no trabajaba para ellos, que no me corresponde.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues no tiene razón la empresa no es quién para denegar.

Le prestación es a cargo del INSS y es el INSS quien pone las condiciones y acepta o deniega la prestación.

Pero, de momento sí que estará complicando la vida la empresa al trabajador porque, creo (que alguien que lo tenga contrastado lo confirme, por favor) que precisa de un certificado de empresa para cada uno de los tramos en el disfrute del permiso (por cierto, entiendo que la base reguladora de la prestación debería seguir siendo la base de contingencias comunes del mes anterior a la fecha del nacimiento, pero si alguien tb lo puede confirmar...).

En fin, que la actitud de la empresa no es de recibo y habría que tratar de hacerla entrar en razón.

Saludos
 

Alvarin83

Nuevo miembro
Pues así estamos. El INSS dice que sin certificado no podemos hacer nada. La empresa es la administración pública y va a tocar ir al juzgado porque no veo otra opción. Ya ha sido denegada dos veces, tanto la primera vez como la segunda mediante recurso de alzada. Ellos dicen que como en el momento del nacimiento no trabajaba para esa empresa (la administración) que no corresponde el permiso. La verdad es que no lo entiendo porque la ley te habla de disfrutar el permiso durante el primer año de vida del bebé, pero en ningún momento habla de que tenga que ser en la misma empresa. En fin, así está el tema.
 

Sadie

Miembro activo
Efectivamente es como dice Nando. Hay que grabar un certificado por cada tramo que se disfrute y la base reguladora es siempre la misma, la del mes anterior al nacimiento.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Es de cajón que le corresponde. No es un permiso que concede la empresa (aunque debe comunicarlo con un preaviso, etc,) es una prestación a cargo del INSS y que concede el INSS.
Y al empresa está obligada a facilitar el certificado
En caso de seguir en sus 13, tal vez sea más práctico , en lugar de demandar, acudir a la inspección, aunque no es la forma en que a uno le gusta entrar en una empresa, pero vaya... es que no es de recibo esa actitud
 

Alvarin83

Nuevo miembro
Gracias por la respuesta. Pero cómo accedo a inspección? Yo me puse en contacto con la Seguridad Social y me dijeron que ellos sin el certificado de empresa no pueden hacer nada. Que en este caso tenía que seguir los trámites establecidos para reclamar. En este caso, recurso de alzada y si viene denegado (así ha sido), ir por la vía judicial. La verdad es que no me gusta nada esto, pero no sé qué más se puede hacer...
 

Alvarin83

Nuevo miembro
Es de cajón que le corresponde. No es un permiso que concede la empresa (aunque debe comunicarlo con un preaviso, etc,) es una prestación a cargo del INSS y que concede el INSS.
Y al empresa está obligada a facilitar el certificado
En caso de seguir en sus 13, tal vez sea más práctico , en lugar de demandar, acudir a la inspección, aunque no es la forma en que a uno le gusta entrar en una empresa, pero vaya... es que no es de recibo esa actitud
Lo de entrar en la empresa no es problema, es un trabajo en la administración que va por bolsa y en teoría no debe haber represalias o consecuencias. Si fuese en una empresa privada normal y corriente sería diferente. Pero el hecho de privarte de cuidar a un recién nacido me parece gravísimo, la verdad.
 

Narho

Nuevo miembro
Buenos días,

A ver si alguien me da luz sobre esto porque tengo muchas dudas y he recabado varías opiniones contradictorias.
Trabajador por cuenta ajena que es padre y disfruta las 4 primeras semanas de baja de paternidad para cogerse el resto cuando se le acabe a la mujer su baja. El caso es que disfruta las 4 semanas y vuelve al trabajo. Al cabo de un tiempo, cambia de empresa, es decir, encuentra un mejor empleo, pide baja voluntaria y cambia de empresa. Pierde el derecho al disfrute del resto de la baja? (El menor aún no tiene un año). Yo entendía que sigue teniendo el derecho pero la baja le ha sido denegada y las opiniones que he buscado no se ponen de acuerdo. Alguna ayuda?

Gracias
Hola! Quería preguntarte si se pudo solucionar, me encuentro en una situación similar y no sé cómo proceder.
 

Alvarin83

Nuevo miembro
Pues mira. Me dio tanta rabia todo que fui mediante el sindicato al juzgado por derechos fundamentales. Y justo hoy, 5 meses después, me han contestado que no tengo razón, que no se vulnera ningún derecho fundamental porque podía haber cogido la baja de golpe en vez de en 2 tramos. Por supuesto que no estoy de acuerdo porque, en mi opinión, el espíritu de la ley es que puedas cuidar de tu hijo durante el primer año de vida y así turnarse con la madre. Pero bueno, es lo que hay, paso de seguir con esto. Saludos
 

anne perg

Nuevo miembro
Hola, alguien sabe como acceder al certificado de empresa para el segundo tramo? tengo contraado a un chico que lo necessita pero no me deja ya que al introducir las fechas actuales me cuenta como el primer tramo (que no es correcto), y si ingreso la fecha del primer tramo me dice que no es correcto ya que la cuenta de cotizacion es diferente (ya que soy de otra empresa). Gracias de antemano.
 

msalem

Miembro
Buenas tardes compis! al hilo de prestaciones por paternidad, tengo el siguiente caso, a ver si alguien me lo aclara please: trabajador en el regimen general cesa por despido el proximo 31/12/21. Luego a 01/01/2022 comienza actividad en RETA y sobre el 10/01/22 previsiblemente será padre.... en este caso cuentan las bases de cotización del regimen general?? o solo la que elija en el reta? no me queda claro este asunto habiendo causado alta en el reta apenas dias antes de la paternidad.... en este caso habría bonificación de cuotas durante la paternidad??
que lío tengo con esto... gracias
 

leoncho

Nuevo miembro
Yo entiendo que la del mes anterior al hecho causante, oséase, las de diciembre, en el RG. Un saludo.
 

Paulo

Nuevo miembro
Alvarin83 estoy en la una situación parecida a la tuya. He finalizado el primer periodo de la baja de paternidad pero aun no he entrado a trabajar en la nueva empresa que es la administración pública.
Me podrías pasar el contacto del juzgado de derechos fundamentales?
Me gustaría comentarlo contigo. Como puedo contactarte? Mi correo electrónico es paupvilamu@gmail.com
Muchas gracias
 

nayade

Miembro activo
Pues mira. Me dio tanta rabia todo que fui mediante el sindicato al juzgado por derechos fundamentales. Y justo hoy, 5 meses después, me han contestado que no tengo razón, que no se vulnera ningún derecho fundamental porque podía haber cogido la baja de golpe en vez de en 2 tramos. Por supuesto que no estoy de acuerdo porque, en mi opinión, el espíritu de la ley es que puedas cuidar de tu hijo durante el primer año de vida y así turnarse con la madre. Pero bueno, es lo que hay, paso de seguir con esto. Saludos
Entonces se tiene derecho o no a la paternidad pendiente tras cambio de empresa por baja voluntaria?
En caso de que sea así, el certificado de paternidad se le tiene que dar la empresa en la cual se causa baja al trabajador para que éste le presente en la nueva empresa y así sea ésta quien envíe los tramos pendientes, verdad?
 
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