baja por It en periodo de prueba

Jol

Nuevo miembro
Hola hemos contratado a un trabajador y al dia siguiente ha cogido la baja por It... ya lleva 3 meses, no podemos despedirlo, ni tampoco darlo de baja por no superar el periodo de prueba. Alguien sabe si podemos hacer algo al respecto????
 

CHARO

Miembro conocido
Hola hemos contratado a un trabajador y al dia siguiente ha cogido la baja por It... ya lleva 3 meses, no podemos despedirlo, ni tampoco darlo de baja por no superar el periodo de prueba. Alguien sabe si podemos hacer algo al respecto????
Supongo que en el contrato le habréis puesto que la IT interrumpe el período de prueba no? De ser así, no os queda otra que esperar al alta médica.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo tenéis mal. En cuanto a lo que dice Charo, yo entiendo que la interrupción del periodo de prueba suspende el cómputo, pero no la posibilidad de despedir.

Ahora, si lleva 3 meses de baja y solo trabajó un día, lo tenéis crudo para despecir porque os pedirán nulidad + indemnización por vulneración de derechos fundamentales.
 

MARY

Miembro
Buff la cosa pinta mal nosotros tuvimos una chica baja a los tres días el empresario quiso darla de baja si o si pese a nuestra advertencia y ahora denuncia al canto solicita 11000 euros ojitoo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Lo tenéis mal. En cuanto a lo que dice Charo, yo entiendo que la interrupción del periodo de prueba suspende el cómputo, pero no la posibilidad de despedir.

Ahora, si lleva 3 meses de baja y solo trabajó un día, lo tenéis crudo para despecir porque os pedirán nulidad + indemnización por vulneración de derechos fundamentales.
Exacto. El problema no es (de haberlo fijado así en el contrato) que la situación de IT interrumpa el periodo de prueba (esta confusión es un clásico; recordemos que lo que se interrupe es el cómputo no los efectos del periodo de prueba), sino que tras un solo dia en activo y 3 meses de IT no se considere que la causa subyacente sea la propia situación de IT (y, por tanto, discriminatoria).
Y también existirá un riesgo si, tras al alta, a las primeras de cambio, sin apenas tiempo para romper un plato, exintinguís por no superación del periodo de prueba.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Lo tenéis mal. En cuanto a lo que dice Charo, yo entiendo que la interrupción del periodo de prueba suspende el cómputo, pero no la posibilidad de despedir.

Ahora, si lleva 3 meses de baja y solo trabajó un día, lo tenéis crudo para despecir porque os pedirán nulidad + indemnización por vulneración de derechos fundamentales.
COINCIDO. Se interrumpe el computo pero no exime a la empresa de poder cortar la relación laboral por no superación.
Exacto. El problema no es (de haberlo fijado así en el contrato) que la situación de IT interrumpa el periodo de prueba (esta confusión es un clásico; recordemos que lo que se interrupe es el cómputo no los efectos del periodo de prueba), sino que tras un solo dia en activo y 3 meses de IT no se considere que la causa subyacente sea la propia situación de IT (y, por tanto, discriminatoria).
Y también existirá un riesgo si, tras al alta, a las primeras de cambio, sin apenas tiempo para romper un plato, exintinguís por no superación del periodo de prueba.
Efectivamente, si en un día de trabajo se da de baja por IT carta no superación periodo de prueba y hasta luego maricarmen (dependiendo de muchos factores). Ahora después de 3 meses de IT no veo que proceda.

Esperar a que se reincorpore, que lo miren con lupa y a lo primero que no guste carta de no superar el periodo de prueba.
 
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