baja voluntaria estando en inactividad

José2022

Miembro activo
Un cliente, tiene un trabajador que está en inactividad y le ha solicitado la baja voluntaria a la empresa.
En este caso, ¿ Tengo que gestionar su baja en SISTEMA RED, como si la empresa hubiera hecho un llamamiento y no hubiera ido al llamamiento?
¿Alta y baja en el mismo día y activando la casilla Z actividad ?

¿y al sepe, comunicáis algo ? porque en el llamamiento y no acude, se pone en el sepe que no acude al llamamiento, pero en este caso no hay llamamiento.
¿Cómo se gestiona esta baja voluntaria en el sepe?

Gracias de antemano
 

agus

Miembro
¿y al sepe, comunicáis algo ? porque en el llamamiento y no acude, se pone en el sepe que no acude al llamamiento, pero en este caso no hay llamamiento.
¿Cómo se gestiona esta baja voluntaria en el sepe?

Al Sepe ya se lo comunicas cuando envias el certificado de empresa, con causa 21. No hace falta poner "No" al llamamiento cuano toque...
 

José2022

Miembro activo
Gustavo, las bases ya sé, pero si por ejemplo ese trabajador esta cobrando el paro, y si le haces un llamamiento y dice no al llamamiento, la empresa le daría la baja , como baja voluntaria por no acudir al llamamiento y se le comunica al sepe que NO ha acudido al llamamiento .

Y he tenido casos que el SEPE le ha quitado el paro a esa persona por no acudir al llamamiento, y por tanto considerarse baja voluntaria y perdió ese paro.

En mi caso, no hay llamamiento , la trabajadora ya le ha dicho que quiere la baja voluntaria,estando ella en la inactividad.
Entonces mi duda era, si hay alguna forma de comunicar al sepe esa baja voluntaria ( por si la trabajadora estuviera cobrando el paro) y asi el sepe tuviera conocimiento de esa baja voluntaria y le podría cancelar seguir con la prestación del paro.
 

agus

Miembro
Que certificado le mandas sino tienes bases y ya le mandaste el anterior certificado de empresa con el fin de actividad)?

Si el fijo discontinuo está en periodo de inactividad y causa baja voluntaria, el certificado de empresa que enviaría sería el correspondiente a las últimas bases consignadas dentro de los 180 días anteriores.

Si dentro de esos 180 días no existen bases, haría únicamente la comunicación a Tesorería de Alta/Baja/Z, clave 51.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro conocido
Al Sepe ya se lo comunicas cuando envias el certificado de empresa, con causa 21. No hace falta poner "No" al llamamiento cuano toque...
Yo lo mando igual indicando no
Gustavo, las bases ya sé, pero si por ejemplo ese trabajador esta cobrando el paro, y si le haces un llamamiento y dice no al llamamiento, la empresa le daría la baja , como baja voluntaria por no acudir al llamamiento y se le comunica al sepe que NO ha acudido al llamamiento .

Y he tenido casos que el SEPE le ha quitado el paro a esa persona por no acudir al llamamiento, y por tanto considerarse baja voluntaria y perdió ese paro.

En mi caso, no hay llamamiento , la trabajadora ya le ha dicho que quiere la baja voluntaria,estando ella en la inactividad.
Entonces mi duda era, si hay alguna forma de comunicar al sepe esa baja voluntaria ( por si la trabajadora estuviera cobrando el paro) y asi el sepe tuviera conocimiento de esa baja voluntaria y le podría cancelar seguir con la prestación del paro.

Si entiendo el caso
Gustavo, las bases ya sé, pero si por ejemplo ese trabajador esta cobrando el paro, y si le haces un llamamiento y dice no al llamamiento, la empresa le daría la baja , como baja voluntaria por no acudir al llamamiento y se le comunica al sepe que NO ha acudido al llamamiento .

Y he tenido casos que el SEPE le ha quitado el paro a esa persona por no acudir al llamamiento, y por tanto considerarse baja voluntaria y perdió ese paro.

En mi caso, no hay llamamiento , la trabajadora ya le ha dicho que quiere la baja voluntaria,estando ella en la inactividad.
Entonces mi duda era, si hay alguna forma de comunicar al sepe esa baja voluntaria ( por si la trabajadora estuviera cobrando el paro) y asi el sepe tuviera conocimiento de esa baja voluntaria y le podría cancelar seguir con la prestación del paro.
Yo por eso en esos caso le mando que no incorporacion y no se si asi tambien le aparece el movimiento en TGSS al SEPE?
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro conocido
Si el fijo discontinuo está en periodo de inactividad y causa baja voluntaria, el certificado de empresa que enviaría sería el correspondiente a las últimas bases consignadas dentro de los 180 días anteriores.

Si dentro de esos 180 días no existen bases, haría únicamente la comunicación a Tesorería de Alta/Baja/Z, clave 51.

Si el fijo discontinuo está en periodo de inactividad y causa baja voluntaria, el certificado de empresa que enviaría sería el correspondiente a las últimas bases consignadas dentro de los 180 días anteriores.

Si dentro de esos 180 días no existen bases, haría únicamente la comunicación a Tesorería de Alta/Baja/Z, clave 51.
180 dias desde el ultimo llamamiento ( es decir las bases que se mandadaron cuando se paso a inactividad o cuentas 180 días desde la fecha de baja voluntaria ( el certificado pone los ultimos 180 dias precedentes a la fecha de la extincion de la relacion laboral?
 
Última edición:

agus

Miembro
180 dias desde el ultimo llamamiento ( es decir las bases que se mandadaron cuando se paso a inactividad o cuentas 180 días desde la fecha de baja voluntaria ( el certificado pone los ultimos 180 dias precedentes a la fecha de la extincion de la relacion laboral?

Las bases de cotización de los últimos 180 días precedentes a la fecha de la extinción, si los hubiera. Si recoge las bases que en su día ya comuniqué del llamamiento, las incluyo. Si no hay bases dentro de ese período, con la comunicación a Tesorería basta y sobra.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro conocido
Las bases de cotización de los últimos 180 días precedentes a la fecha de la extinción, si los hubiera. Si recoge las bases que en su día ya comuniqué del llamamiento, las incluyo. Si no hay bases dentro de ese período, con la comunicación a Tesorería basta y sobra.
Tal y como me dice:
La extincion se produce 10 /09/2026. Cuanto 180 dias para atras. En agosto no tiene base, pero si antes. Por tanto me dice que ponga las bases de 180 dias contados para atras desde 10 /09/2026 ( es decir desde marzo a septiembre) . En los meses de agosto y julio no puede poner 0?
O pongo solo las de julio 2026 hasta enero de 2026 que eran las del ulltimo llamamiento?
 
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